Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240906-33)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
Pág. 144
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 213
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
33
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Dirección General de Política Energética y Minas
— Eliminación de la implantación de la instalación de generación de la parte sur, que
supone reducción de la superficie de la instalación de un 38 %, según lo recogido
en la DIA ante la afección significativa a territorios de interés para avifauna catalogada (condicionante i.1.a relativo al apartado de la DIA Condiciones Generales).
— Soterrar el primer tramo de la línea de evacuación, de aproximadamente 9 km,
coincidente con el corredor de aves esteparias de Castilla-La Mancha, evitando así
las afecciones del incremento de efecto barrera y el riesgo de colisión/mortalidad
para las aves de la zona (condicionante 1.b relativo al apartado de la DIA Condiciones Generales).
— Se deberá cumplir con las disposiciones estipuladas por la Delegación Provincial
de Educación, Cultura y Deportes de Toledo en lo que respecta al emplazamiento
de la Subestación “Berrocales” y el trazo de la línea de evacuación en Castilla-La
Mancha (condicionante 6 relativo al apartado de la DIA Patrimonio Cultural).
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
BOCM-20240906-33
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación
“Mantia Solar 2”, de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra,
Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena en la provincia de Toledo, y de
Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla en
la provincia de Madrid.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 5 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica “Mantia Solar 2”, de 124,998 MWp, las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica “SE Berrocales 30/220 kV” y la línea mixta aéreo-subterránea a 220 kV
“SE Berrocales-SE Parla 220 kV REE”.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., la autorización administrativa para la instalación “Mantia Solar 2”, de 124,97 MW de potencia
pico y 109,98 MW de potencia instalada, ubicada en el término municipal de Yunclillos, en
la provincia de Toledo, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra, Yuncler, Cedillo del Condado,
Yuncos, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y de Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial
del Estado” número 127, de 29 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 28, de 2
de febrero de 2023, y en la Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la Resolución de 19 de
enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 140, de 13 de junio de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
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VIERNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2024
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Dirección General de Política Energética y Minas
— Eliminación de la implantación de la instalación de generación de la parte sur, que
supone reducción de la superficie de la instalación de un 38 %, según lo recogido
en la DIA ante la afección significativa a territorios de interés para avifauna catalogada (condicionante i.1.a relativo al apartado de la DIA Condiciones Generales).
— Soterrar el primer tramo de la línea de evacuación, de aproximadamente 9 km,
coincidente con el corredor de aves esteparias de Castilla-La Mancha, evitando así
las afecciones del incremento de efecto barrera y el riesgo de colisión/mortalidad
para las aves de la zona (condicionante 1.b relativo al apartado de la DIA Condiciones Generales).
— Se deberá cumplir con las disposiciones estipuladas por la Delegación Provincial
de Educación, Cultura y Deportes de Toledo en lo que respecta al emplazamiento
de la Subestación “Berrocales” y el trazo de la línea de evacuación en Castilla-La
Mancha (condicionante 6 relativo al apartado de la DIA Patrimonio Cultural).
En consecuencia, en la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de
alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
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Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación
“Mantia Solar 2”, de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra,
Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena en la provincia de Toledo, y de
Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla en
la provincia de Madrid.
Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 5 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica “Mantia Solar 2”, de 124,998 MWp, las líneas subterráneas a 30 kV, la subestación eléctrica “SE Berrocales 30/220 kV” y la línea mixta aéreo-subterránea a 220 kV
“SE Berrocales-SE Parla 220 kV REE”.
Mediante Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, S. L. U., la autorización administrativa para la instalación “Mantia Solar 2”, de 124,97 MW de potencia
pico y 109,98 MW de potencia instalada, ubicada en el término municipal de Yunclillos, en
la provincia de Toledo, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra, Yuncler, Cedillo del Condado,
Yuncos, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo, y de Cubas de la Sagra, Casarrubuelos, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Parla, en la provincia de Madrid (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el “Boletín Oficial
del Estado” número 127, de 29 de mayo de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable para el
proyecto (en adelante, DIA), publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 28, de 2
de febrero de 2023, y en la Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se corrigen errores en la Resolución de 19 de
enero de 2023, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 140, de 13 de junio de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones: