Madrid (BOCM-20240904-38)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 176
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como Capital de Negocios durante 2024, aprobada por Decreto de 23 de julio de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—La convocatoria tiene por objeto apoyar la internacionalización de las empresas madrileñas y la atracción de inversión internacional mediante la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen la actividad económica de Madrid.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones
(PES) 2024-2027 aprobado por Acuerdo, de 18 de julio de 2024, de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027; en concreto, al objetivo específico 44: “Impulsar el crecimiento del tejido empresarial madrileño
y fomentar la internacionalización de las empresas” de la Línea de Subvención 12, “Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como capital de negocios”.
Segunda. Régimen jurídico.—La convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en estas
bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por
el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, en adelante,
OBRS; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS;
por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante, RGS; por el Reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas “de minimis”. Asimismo, esta convocatoria se regirá por las restantes
normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Tercera. Requisitos para ser beneficiarios.—1. Actuaciones subvencionables:
a) Las actuaciones relativas a encuentros empresariales que promocionen la ciudad
de Madrid como destino para la inversión extranjera o que promuevan la internacionalización de las empresas madrileñas y a los que asistan de forma presencial
un mínimo de 75 empresas o entidades.
b) Las temáticas de cada uno de los encuentros deberá versar sobre alguno de los siguientes ámbitos: Ciberseguridad, BigData, Inteligencia Artificial, Industria, Economía Circular, Economía Social, Semiconductores y Biotecnología.
c) Que se realicen en el término municipal de Madrid con carácter presencial, desde
el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024, en un plazo cierto no superior a 5 días consecutivos, no formando parte del encuentro a los efectos de la subvención, los actos de presentación realizados con anterioridad o de resultados realizados con posterioridad.
d) No serán encuentros subvencionables:
i. Aquellos relativos a encuentros cuya finalidad sea fundamentalmente vender
productos y servicios.
BOCM-20240904-38
BDNS (Identif): 779253
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B.O.C.M. Núm. 211
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Extracto de la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como Capital de Negocios durante 2024, aprobada por Decreto de 23 de julio de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—La convocatoria tiene por objeto apoyar la internacionalización de las empresas madrileñas y la atracción de inversión internacional mediante la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen la actividad económica de Madrid.
Con ello se da cumplimiento a lo recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones
(PES) 2024-2027 aprobado por Acuerdo, de 18 de julio de 2024, de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos para el período 2024-2027; en concreto, al objetivo específico 44: “Impulsar el crecimiento del tejido empresarial madrileño
y fomentar la internacionalización de las empresas” de la Línea de Subvención 12, “Convocatoria pública de subvenciones para el fomento de encuentros empresariales internacionales que promocionen Madrid como capital de negocios”.
Segunda. Régimen jurídico.—La convocatoria se regirá, además de lo dispuesto en estas
bases, por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por
el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, en adelante,
OBRS; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en adelante, LGS;
por su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en adelante, RGS; por el Reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas “de minimis”. Asimismo, esta convocatoria se regirá por las restantes
normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
Tercera. Requisitos para ser beneficiarios.—1. Actuaciones subvencionables:
a) Las actuaciones relativas a encuentros empresariales que promocionen la ciudad
de Madrid como destino para la inversión extranjera o que promuevan la internacionalización de las empresas madrileñas y a los que asistan de forma presencial
un mínimo de 75 empresas o entidades.
b) Las temáticas de cada uno de los encuentros deberá versar sobre alguno de los siguientes ámbitos: Ciberseguridad, BigData, Inteligencia Artificial, Industria, Economía Circular, Economía Social, Semiconductores y Biotecnología.
c) Que se realicen en el término municipal de Madrid con carácter presencial, desde
el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024, en un plazo cierto no superior a 5 días consecutivos, no formando parte del encuentro a los efectos de la subvención, los actos de presentación realizados con anterioridad o de resultados realizados con posterioridad.
d) No serán encuentros subvencionables:
i. Aquellos relativos a encuentros cuya finalidad sea fundamentalmente vender
productos y servicios.
BOCM-20240904-38
BDNS (Identif): 779253