Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20240904-48)
Organización y funcionamiento. Ordenanza teleasistencia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 211

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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c) Riesgos derivados del estado de salud del beneficiario: hasta 15 puntos.
d) Valoración del/la Trabajador/a Social de referencia: hasta 5 puntos
Se considerará que procede la concesión del Servicio cuando el solicitante, tras la aplicación del baremo, haya obtenido una puntuación total, igual o superior a 20 puntos.
Se denegará la concesión del Servicio a aquellos solicitantes que no hayan alcanzado
la puntuación mínima fijada señalada anteriormente o que hayan falseado y/u ocultado la
información recogida para determinar la pertinencia del servicio.
En este último caso, comprobada la falsedad u ocultación, se podrá suspender la prestación del servicio en cualquier momento, previa audiencia al interesado, a través de resolución
motivada dictada al efecto, y con independencia de las responsabilidades a las que diere lugar.
11. Funcionamiento del servicio
La instalación y atención a los beneficiarios del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria se llevará a cabo a través de una entidad especializada.
El funcionamiento consiste en un sistema de comunicación permanente, bidireccional,
que permite al centro de atención conocer el estado de la persona y a esta comunicarse con
el centro en el momento que lo precise, cuando se produzca una urgencia.
El sistema consta de:
— Una unidad de control remoto, que en forma de medallón o pulsera lleva consigo
el beneficiario, que se pone en funcionamiento presionando un pulsador existente
en la misma.
— Un terminal telefónico en el domicilio del usuario.
— Una central de atención informatizada, receptora de llamadas.
La presión del pulsador de la unidad de control remoto, origina la marcación automática de emergencia en el terminal telefónico, comunicando de forma inmediata con el centro de atención. Este recibe la llamada y simultáneamente aparece en los ordenadores del
mismo el historial del beneficiario que solicita el servicio.
12. Tipos de usuarios
a) Titular del servicio: Dispone del terminal de usuario y de la unidad de control remoto. Reúne todos los requisitos para ser usuario.
b) Usuario con unidad de control remoto adicional: Es la persona que, conviviendo
con el titular del servicio, reúne los requisitos para ser usuario del servicio. Dispone de una unidad de control remoto adicional.
c) Usuario sin unidad de control remoto: Es la persona que, conviviendo con el titular del servicio y necesitando las prestaciones y atenciones que este proporciona,
carece de capacidad física, psíquica o sensorial para poder solicitar por sí mismo
la atención. Este usuario debe ser dado de baja cuando lo sea el titular, salvo que
pase a depender de otro usuario titular con el que también conviva.

Inicio del expediente:
El procedimiento para la concesión de la prestación podrá iniciarse de oficio o a petición
de la persona interesada. Si se inicia de oficio, será a propuesta de los servicios técnicos,
previo informe preceptivo.
En todo caso, se ajustará procedimentalmente por lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como lo dictado por la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Trámite:
Los interesados presentarán la solicitud, según modelo normalizado y proporcionado
por los Servicios Sociales de la entidad, acompañada de la documentación necesaria. Dicha
solicitud se encontrará disponible en la sede electrónica de la misma, a la que se puede tener acceso a través del enlace https://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es
Las solicitudes, firmadas por el interesado, junto con la documentación requerida, se
podrán presentar ante el/la Trabajador/a Social de los Servicios Sociales del municipio, presencialmente en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid, sito en la calle Miguel Hernández, número 8, de Griñón, presencialmente en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes, o a través de la sede electrónica de esta entidad o en

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13. Procedimiento de tramitación de los expedientes