C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240904-20)
Bien de interés cultural –  Decreto 90/2024, de 28 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, la iglesia parroquial de San Salvador en Leganés
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 211

to y retablista madrileño creador de un nuevo estilo entre finales del siglo XVII y primer
cuarto del XVIII, y probablemente también la caja del órgano situado en el coro.
Por todo ello, se considera que esta construcción reúne unos valores arquitectónicos de
gran importancia y nivel técnico, al tiempo que presenta unos relevantes valores artísticos
y culturales.
C) Delimitación del entorno afectado
El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por la
adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en valor del
monumento, así como a evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.
La protección otorgada a esos inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección de la iglesia parroquial de San Salvador se refiere exclusivamente a su
envolvente exterior, que es la que puede afectar a la percepción o comprensión cultural del
edificio objeto del expediente.
1. Descripción literal
Parcelas catastrales incluidas en el entorno de protección:
— En la manzana número 51464, parcela número 23.
— En la manzana número 52462, parcelas número 03, 04 parcialmente y 06.
— En la manzana número 53462, parcelas número 12, 13, 15, 16, 17 y 20.
— En la manzana número 53452, parcelas número 01 y 02.
— En la manzana número 51456, parcelas número 01, 02, 03, 04 y 05.
— En la manzana número 51451, parcela número 01.
— En la manzana número 51453, parcelas número 01, 04, 05, 07, 08, 09 y 10.
Espacios públicos incluidos en el entorno de protección:
— Calle de la Fuente, el tramo comprendido desde el vértice N de la parcela 23 de la
manzana 51464 hasta la plaza de España.
— Plaza de España, el tramo comprendido entre el vértice O de la parcela 23 de la
manzana 51464 y el vértice N de la parcela 08 de la manzana 51453 hasta el vértice O de la parcela 01 de la manzana 53452 y el vértice E de la parcela 01 de la
manzana 51456.
— Avenida de Fuenlabrada, el tramo comprendido entre el vértice N de la parcela 03
de la manzana 52462 hasta la plaza de España.
— Calle Villaverde, el tramo comprendido entre el vértice de la parcela 20 de la manzana 53462 hasta la calle Getafe.
— Plaza del Salvador.
— Calle de las Ánimas.
2. Justificación del Entorno de Protección
La iglesia de San Salvador se localiza en el centro de la población histórica, actualmente muy transformada, en un entorno constituido por edificios de vivienda construidos
en los años setenta, ochenta y noventa del siglo XX, todos con una altura de cuatro plantas
más bajo comercial, y una amplia plaza a los pies del templo.
Considerando estas circunstancias, el entorno del bien comprende únicamente las parcelas vinculadas directamente al inmueble por constituir el entorno visual y ambiental, en
el que cualquier modificación de su volumen pudiera perturbar la percepción del mismo.
En F) se adjunta plano.
D) Compatibilidad del uso con la correcta conservación del bien
En la actualidad la iglesia parroquial continúa con el uso religioso para el que fue concebida, por lo que no presenta ninguna incompatibilidad para su correcta conservación.

BOCM-20240904-20

3. Descripción gráfica del Entorno