C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20240903-26)
Bases subvenciones –  Orden 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2024

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La presente Orden se adecua a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Se adecúa al principio de proporcionalidad, dado que contiene la regulación imprescindible para establecer las bases reguladoras de estas subvenciones, su convocatoria, así
como para obtener un listado de entidades colaboradoras, que serán las participantes en la
convocatoria, sin perjuicio de que dicho listado se actualice mediante la participación de
nuevos actores en futuras convocatorias.
De la misma forma, esta norma se adecúa al principio de seguridad jurídica ya que su
tramitación se ajusta a la normativa europea y a la legislación estatal básica y autonómica
en la materia, habiendo cumplido con todos los trámites y solicitudes de informes preceptivos que exige la normativa vigente.
En aplicación del principio de transparencia, se permitirá un acceso sencillo, universal
y actualizado a este texto normativo, así como a los documentos propios de su proceso de
elaboración. Una vez aprobada la Orden, se podrá consultar en la base de legislación de la
Comunidad de Madrid contenida en dicho Portal.
Esta Orden se adecua al principio de eficiencia, ya que no conlleva cargas administrativas innecesarias o accesorias, racionalizando la gestión de los recursos públicos de que
dispone la Consejería de Digitalización.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 41.d) y
de lo preceptuado en el artículo 50.3 párrafo segundo de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
TÍTULO I
Bases reguladoras
Artículo 1
1. La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión
de ayudas a entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales (ONG) y demás entidades del tercer sector para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del
Plan de Capacitación Digital para los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025, y
su correspondiente convocatoria para el año 2024.
2. Las presentes bases reguladoras están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización, Orden 52/2024, de 9 de mayo, por la que se
aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para los
años 2024-2025, bajo el epígrafe I.2. Subvención dirigida a la ejecución de actuaciones formativas dentro del marco del componente 19 “Plan nacional de competencias digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
3. Las subvenciones que se concedan se incardinarán en el marco de la inversión
C19.I1 “Competencias digitales transversales” del PRTR, contribuyendo al objetivo CID 288
por el que la Comunidad de Madrid deberá haber formado al menos a 78.203 ciudadanos en
competencias digitales. Al objeto de monitorizar la consecución de los objetivos CID se llevará un control de los denominados “indicadores de monitorización” que se incluyen en las
disposiciones operativas u Operational Arrangements (OA) asociados a estos CID. Así mismo, el cumplimiento de dichos hitos y objetivos se hará sobre la base del cumplimiento con
las evidencias descritas en los mecanismos de verificación aprobados en el anexo de la decisión de la Comisión (2021) 7903 final regulados de acuerdo RD (EU) 2021/241, o sus posteriores actualizaciones.
4. La naturaleza jurídica de estas ayudas es la de subvención, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento
General, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás legislación aplicable. Se trata de subvenciones concedidas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva
sobre los gastos que resulten subvencionables hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles por orden de la Consejería con competencias en materia de Digitaliza-

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Objeto, finalidad y naturaleza de las subvenciones