C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240902-21)
Regulación inscripción programa escolar –  Orden 2439/2024, de 15 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se regula la inscripción en el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche de la Unión Europea, para el curso 2024-2025, de los centros escolares de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 209

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Pág. 193

Las ayudas se financiarán por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), siendo la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, responsable de la gestión de dichos fondos
según el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
En virtud de lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones conferidas
y a propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de 9 de julio de 2024,
DISPONGO
Primero
Objeto
La presente orden tiene por objeto establecer el procedimiento de actuación para que
los centros escolares del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que estén interesados y reúnan los requisitos exigidos, puedan participar en el Programa escolar de consumo
de frutas, hortalizas y leche de la Unión Europea para el curso escolar 2024/2025.
Dentro del Programa de consumo de frutas y hortalizas, los productos a suministrar serán
manzanas, peras, plátanos, mandarinas, nectarinas, tomates cherry, zanahorias y albaricoque.
En el Programa de consumo de leche, los productos a suministrar serán briks de 200 ml
de leche con lactosa y leche sin lactosa.
Los niveles educativos y el número de niños que participen, pueden ser diferentes en
cada programa.
Segundo
Requisitos de los centros escolares participantes
Podrán participar los centros escolares ubicados en la Comunidad de Madrid, administrados o reconocidos por las autoridades competentes de la región y que pertenezcan a algunas de las siguientes categorías: Educación Infantil, segundo ciclo (solo en el Programa
de leche), Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Especial (fruta y leche
hasta los 16 años).
Tercero
Plazo de presentación de solicitudes de inscripción
Los centros escolares de la Comunidad de Madrid referidos en el dispongo segundo,
que quieran participar en el programa escolar anteriormente citado, tendrán de plazo para
presentar la solicitud de inscripción en el programa, desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 30 de
septiembre de 2024 inclusive.
Cuarto
1. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.7 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, el centro escolar podrá autorizar a otra persona física o jurídica habilitada como sujeto de intermediación, para que le represente en la presentación de la solicitud de inscripción.
2. La solicitud de inscripción en el Programa escolar de consumo de frutas, hortalizas
y leche de la Unión Europea para el curso escolar 2024/2025, se deberá de cumplimentar
electrónicamente a través del trámite implementado en la sede electrónica de la Comunidad
de Madrid ( sede.comunidad.madrid ) a la que se puede acceder desde el portal www.comunidad.madrid , y presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid.
Para la presentación de la solicitud de inscripción por medios electrónicos, es necesario
que el representante legal del centro escolar disponga de uno de los certificados electrónicos
reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad

BOCM-20240902-21

Participación de los centros escolares y sus obligaciones