C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240902-17)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden de 21 de mayo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establece la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea para 2025 y 2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
Segundo criterio:
— Prueba de conocimiento sobre la Unión Europea, con una puntuación máxima
de 20 puntos.
Tercer criterio:
— Acreditación de idiomas. El conocimiento acreditado de diferentes idiomas otorgará un máximo de 10 puntos:
• Primer idioma: inglés.
– Nivel C2 MCER: 2 puntos.
• Segundo idioma: francés:
– Nivel A2 MCER: 1 punto.
– Nivel B1 MCER: 2 puntos.
– Nivel B2 MCER: 3 puntos.
– Nivel C1 MCER: 4 puntos.
– Nivel C2 MCER: 5 puntos.
Otros idiomas oficiales de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea,
otorgándose una puntuación máxima de hasta 3 puntos. El primer idioma adicional con nivel B2 se otorgará 2 puntos; más de un idioma con nivel B2, 3 puntos; y 1 o más idiomas
con nivel C1, 3 puntos.
La acreditación de todos los idiomas se realizará solo mediante título acreditativo oficial y con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en inglés, se admitirá como acreditación de este requisito la certificación académica personal en la que
deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de ellas.
Para cada lengua, serán admitidos los correspondientes títulos de la Escuela Oficial de
Idiomas, así como los emitidos por las instituciones culturales oficiales dependientes de
otros Estados miembro de la Unión Europea o de sus embajadas en España. En el caso de
la lengua inglesa, serán además admitidos el Cambridge Advanced Exam; Cambridge Business Higher; IELTS nivel 7 o superior; TOEFL iBT 95 puntos; y TOEIC 945 Listening
and Reading, 180 Speaking y 180 Writing.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de la solicitud se realizará, mediante modelo normalizado, exclusivamente por medios electrónicos y se deberá presentar, junto con la documentación que proceda, en
el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través del acceso habilitado para
ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid
Madrid, a 1 de agosto de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240902-17
(03/13.492/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
Segundo criterio:
— Prueba de conocimiento sobre la Unión Europea, con una puntuación máxima
de 20 puntos.
Tercer criterio:
— Acreditación de idiomas. El conocimiento acreditado de diferentes idiomas otorgará un máximo de 10 puntos:
• Primer idioma: inglés.
– Nivel C2 MCER: 2 puntos.
• Segundo idioma: francés:
– Nivel A2 MCER: 1 punto.
– Nivel B1 MCER: 2 puntos.
– Nivel B2 MCER: 3 puntos.
– Nivel C1 MCER: 4 puntos.
– Nivel C2 MCER: 5 puntos.
Otros idiomas oficiales de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea,
otorgándose una puntuación máxima de hasta 3 puntos. El primer idioma adicional con nivel B2 se otorgará 2 puntos; más de un idioma con nivel B2, 3 puntos; y 1 o más idiomas
con nivel C1, 3 puntos.
La acreditación de todos los idiomas se realizará solo mediante título acreditativo oficial y con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en inglés, se admitirá como acreditación de este requisito la certificación académica personal en la que
deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de ellas.
Para cada lengua, serán admitidos los correspondientes títulos de la Escuela Oficial de
Idiomas, así como los emitidos por las instituciones culturales oficiales dependientes de
otros Estados miembro de la Unión Europea o de sus embajadas en España. En el caso de
la lengua inglesa, serán además admitidos el Cambridge Advanced Exam; Cambridge Business Higher; IELTS nivel 7 o superior; TOEFL iBT 95 puntos; y TOEIC 945 Listening
and Reading, 180 Speaking y 180 Writing.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de la solicitud se realizará, mediante modelo normalizado, exclusivamente por medios electrónicos y se deberá presentar, junto con la documentación que proceda, en
el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través del acceso habilitado para
ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid
Madrid, a 1 de agosto de 2024.
El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
BOCM-20240902-17
(03/13.492/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791