B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “PRÍNCIPE DE ASTURIAS” (BOCM-20240902-13)
Convocatoria puesto – Resolución de 5 de agosto de 2024, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”, del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Urología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
a.4. Por nombramiento sin concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el SERMAS o por
los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas con categoría de Jefe de Sección llevando más de 2 años: 1 punto.
De los distintos Subepígrafes a.1 a a.4 solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos.
a.5. Por obtención de plaza con concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el SERMAS o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Médico Adjunto/FEA: 2 puntos.
b) Cargo de responsabilidad en Equipo Directivo de Centro hospitalario del SN de
Salud: 0,20 puntos/mes.
c) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría o nombramiento de Jefe de Servicio en centros hospitalarios Públicos pertenecientes al SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,20 puntos.
d) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría o nombramiento de Jefe de Sección en centros hospitalarios públicos pertenecientes al SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,15 puntos.
e) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría de FEA en centros hospitalarios Públicos pertenecientes al
SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,10 puntos.
Si el centro hospitalario público no cuenta con programa docente acreditado de la especialidad la puntuación asignada será la mitad de la consignada.
Los períodos valorables para cada uno de estos apartados no podrán ser nunca coincidentes en el tiempo.
4. Experiencia docente (máximo 7 puntos):
— Catedrático: 4 puntos.
— Profesor Titular: 3 puntos.
— Profesor Asociado: 1,5 puntos.
De los anteriores epígrafes solo se valorará el de mayor puntuación entre ellos.
— Jefe de Estudio o Responsable de Formación: 0,3 puntos/año.
— Tutor de Residente 0,2: puntos/año.
— Asistencia a cursos de formación continuada:
• Cursos entre 40 y 100 horas: 0,1 puntos/curso.
• Cursos entre 101 y 300 horas: 0,2 puntos/curso.
• Cursos entre 301 y 600 horas: 0,5 puntos/curso.
• Cursos superiores a 600 horas: 1 punto/curso.
— Profesor en cursos: 0,05 puntos/hora lectiva.
— Organización y dirección de cursos:
• Cursos entre 40 y 100 horas: 0,4 puntos/curso.
• Cursos entre 101 y 300 horas: 0,8 puntos/curso.
• Cursos entre 301 y 600 horas: 2 puntos/curso.
• Cursos superiores a 600 horas: 4 puntos/curso.
Solo se puntúan los cursos acreditados por Agencia de Acreditación Docente del
SNS o Comunidades Autónomas.
— Becas docentes: 1 punto/beca.
5. Ampliación de estudios de la especialidad en hospitales extranjeros (máximo 2 puntos):
— Por cada mes completo de estancia: 0,1 puntos.
— Por cada trimestre ininterrumpido: 0,5 puntos.
Solo uno de los dos epígrafes para el mismo período de tiempo.
6. Por participación en comisiones clínicas (máximo 3 puntos):
Constituidas al amparo del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, como miembro designado con un mínimo de permanencia de 2 años ininterrumpidos y con un mínimo de asis-
BOCM-20240902-13
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 209
a.4. Por nombramiento sin concurso nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el SERMAS o por
los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas con categoría de Jefe de Sección llevando más de 2 años: 1 punto.
De los distintos Subepígrafes a.1 a a.4 solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos.
a.5. Por obtención de plaza con concurso o concurso/oposición nacional en los servicios jerarquizados de la especialidad que se convoca, en Instituciones Sanitarias gestionadas por el SERMAS o por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, con categoría de Médico Adjunto/FEA: 2 puntos.
b) Cargo de responsabilidad en Equipo Directivo de Centro hospitalario del SN de
Salud: 0,20 puntos/mes.
c) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría o nombramiento de Jefe de Servicio en centros hospitalarios Públicos pertenecientes al SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,20 puntos.
d) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría o nombramiento de Jefe de Sección en centros hospitalarios públicos pertenecientes al SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,15 puntos.
e) Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad que se
convoca con categoría de FEA en centros hospitalarios Públicos pertenecientes al
SNS con programa docente acreditado de la especialidad: 0,10 puntos.
Si el centro hospitalario público no cuenta con programa docente acreditado de la especialidad la puntuación asignada será la mitad de la consignada.
Los períodos valorables para cada uno de estos apartados no podrán ser nunca coincidentes en el tiempo.
4. Experiencia docente (máximo 7 puntos):
— Catedrático: 4 puntos.
— Profesor Titular: 3 puntos.
— Profesor Asociado: 1,5 puntos.
De los anteriores epígrafes solo se valorará el de mayor puntuación entre ellos.
— Jefe de Estudio o Responsable de Formación: 0,3 puntos/año.
— Tutor de Residente 0,2: puntos/año.
— Asistencia a cursos de formación continuada:
• Cursos entre 40 y 100 horas: 0,1 puntos/curso.
• Cursos entre 101 y 300 horas: 0,2 puntos/curso.
• Cursos entre 301 y 600 horas: 0,5 puntos/curso.
• Cursos superiores a 600 horas: 1 punto/curso.
— Profesor en cursos: 0,05 puntos/hora lectiva.
— Organización y dirección de cursos:
• Cursos entre 40 y 100 horas: 0,4 puntos/curso.
• Cursos entre 101 y 300 horas: 0,8 puntos/curso.
• Cursos entre 301 y 600 horas: 2 puntos/curso.
• Cursos superiores a 600 horas: 4 puntos/curso.
Solo se puntúan los cursos acreditados por Agencia de Acreditación Docente del
SNS o Comunidades Autónomas.
— Becas docentes: 1 punto/beca.
5. Ampliación de estudios de la especialidad en hospitales extranjeros (máximo 2 puntos):
— Por cada mes completo de estancia: 0,1 puntos.
— Por cada trimestre ininterrumpido: 0,5 puntos.
Solo uno de los dos epígrafes para el mismo período de tiempo.
6. Por participación en comisiones clínicas (máximo 3 puntos):
Constituidas al amparo del Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, como miembro designado con un mínimo de permanencia de 2 años ininterrumpidos y con un mínimo de asis-
BOCM-20240902-13
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