D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240831-2)
Convenio – Convenio de 2 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) y la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, S. A., en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Barrio Juan de la Cierva. Fase I”, en el municipio de Getafe, y se definen las obligaciones de la Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, S. A., como entidad colaboradora, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el Marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 208
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
— Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (“Diario Oficial de la Unión Europea” núm. 58, de 18 de febrero de 2021).
— Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de
la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013 (UE)1301/2013
(UE) 1303/2013 (UE) 1304/2013 (UE) 1309/2013 (UE) 1316/2013 (UE) 223/2014
y (UE) 283/2014 y la Decisión 541/2014/UE, y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) 966/2012.
4. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente
Convenio, dada la naturaleza administrativa de este, de acuerdo con las previsiones de los
artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
El presente convenio no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de
los elementos sustantivos de su ejercicio por parte de la Consejería con competencia en materia de vivienda, ni renuncia a sus facultades, siendo responsabilidad de esta dictar cuantos actos o resoluciones administrativas sean precisos para dar soporte a las actuaciones objeto del Convenio.
Vigesimoséptima
La Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, S. A. cumplirá con las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021
y deberá adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en webs, aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncio e inserciones en prensa,
certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
a) Emblema de la Unión Europea que incluirá el texto: “Financiado por la Unión
Europea, Next Generation UE”. Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados que podrán consultarse en la web:
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm
b) Logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de
España, y una referencia a la gestión del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, siguiendo las indicaciones de comunicación digital del PRTR que podrán consultarse en la web: https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
c) Logo oficial de la Comunidad de Madrid.
El beneficiario deberá incluir en todo contrato o encargo relacionado con la ejecución
de la actuación, incluida la subcontratación, la mención: “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next, Generation UE” y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, así como la referencia al Componente e Inversión correspondientes, y a la gestión por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid.
Este convenio será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en los términos establecidos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula
la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás
ayudas públicas, así como en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20240831-2
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 208
— Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de
conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
— Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (“Diario Oficial de la Unión Europea” núm. 58, de 18 de febrero de 2021).
— Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de
la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013 (UE)1301/2013
(UE) 1303/2013 (UE) 1304/2013 (UE) 1309/2013 (UE) 1316/2013 (UE) 223/2014
y (UE) 283/2014 y la Decisión 541/2014/UE, y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) 966/2012.
4. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente
Convenio, dada la naturaleza administrativa de este, de acuerdo con las previsiones de los
artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
El presente convenio no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de
los elementos sustantivos de su ejercicio por parte de la Consejería con competencia en materia de vivienda, ni renuncia a sus facultades, siendo responsabilidad de esta dictar cuantos actos o resoluciones administrativas sean precisos para dar soporte a las actuaciones objeto del Convenio.
Vigesimoséptima
La Empresa Municipal del Suelo y la Vivienda de Getafe, S. A. cumplirá con las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021
y deberá adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en webs, aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncio e inserciones en prensa,
certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
a) Emblema de la Unión Europea que incluirá el texto: “Financiado por la Unión
Europea, Next Generation UE”. Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados que podrán consultarse en la web:
http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm
b) Logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de
España, y una referencia a la gestión del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, siguiendo las indicaciones de comunicación digital del PRTR que podrán consultarse en la web: https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
c) Logo oficial de la Comunidad de Madrid.
El beneficiario deberá incluir en todo contrato o encargo relacionado con la ejecución
de la actuación, incluida la subcontratación, la mención: “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next, Generation UE” y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, así como la referencia al Componente e Inversión correspondientes, y a la gestión por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y la Comunidad de Madrid.
Este convenio será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en los términos establecidos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula
la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás
ayudas públicas, así como en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
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