C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240830-44)
Regulación educación primaria – Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por la que se establece el número de horas semanales de orientación autorizadas en Educación Primaria en centros concertados para el curso 2024-2025
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BOCM
Pág. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 207
En el plazo de un mes desde la incorporación del orientador de Primaria, este profesional deberá elaborar una programación del servicio de orientación en Educación Primaria que
se incluirá como parte de la Programación Anual del centro, siendo el plazo máximo para la
elaboración de la misma el 31 de octubre de 2024.
En la memoria final del centro el orientador elaborará una memoria anual, revisando
el cumplimiento de lo establecido en la programación del servicio de orientación e incluyendo propuestas de mejora para el curso 2025-2026.
Quinto
Coordinación de la red de orientación educativa
Las Direcciones de Área Territorial, a través de los Servicios de la Unidad de Programas Educativos, establecerán mecanismos para la coordinación de los orientadores en Educación Primaria de centros concertados como parte de la red de orientación.
La actuación de los orientadores de Educación Primaria en centros concertados, en
cuanto a los procesos de identificación de las necesidades de los alumnos y escolarización
del alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo, se ajustará a lo establecido por la Administración Educativa, y en concreto a las directrices de cada Dirección
de Área Territorial.
Sexto
Expedientes de alumnos
Los orientadores de Educación Primaria de los centros autorizados deberán comprobar,
junto con el equipo directivo del centro, que los expedientes de alumnos con necesidades
educativas especiales y necesidades de compensación educativa escolarizados en el centro,
tienen actualizados correctamente los datos que figuran en Raíces, junto con toda la documentación.
Séptimo
Aplicaciones informáticas de la administración
El sistema informático integral de gestión educativa (Raíces) incluye módulos específicos de alumnado con NEAE y de gestión de la orientación. El orientador de primaria deberá proceder a realizar en esta plataforma la actualización del censo de los alumnos con
necesidades específicas de apoyo educativo, y la elaboración de los documentos de evaluación psicopedagógica y, en su caso, dictamenes de escolarización, conforme a las instrucciones que al efecto se dicten desde la Administración Educativa.
Octavo
Vigencia y calendario de implantación
La presente Resolución será de aplicación para el curso 2024-2025, desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.
En el curso 2024-2025 todos los centros con concierto en la etapa de Educación Primaria, tendrán horas de orientación autorizadas para la atención del alumnado de segundo
ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.
Noveno
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros
recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 19 de agosto de 2024.—El Director General de Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.
BOCM-20240830-44
Recursos
Pág. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 207
En el plazo de un mes desde la incorporación del orientador de Primaria, este profesional deberá elaborar una programación del servicio de orientación en Educación Primaria que
se incluirá como parte de la Programación Anual del centro, siendo el plazo máximo para la
elaboración de la misma el 31 de octubre de 2024.
En la memoria final del centro el orientador elaborará una memoria anual, revisando
el cumplimiento de lo establecido en la programación del servicio de orientación e incluyendo propuestas de mejora para el curso 2025-2026.
Quinto
Coordinación de la red de orientación educativa
Las Direcciones de Área Territorial, a través de los Servicios de la Unidad de Programas Educativos, establecerán mecanismos para la coordinación de los orientadores en Educación Primaria de centros concertados como parte de la red de orientación.
La actuación de los orientadores de Educación Primaria en centros concertados, en
cuanto a los procesos de identificación de las necesidades de los alumnos y escolarización
del alumnado que presenta necesidades específicas de apoyo educativo, se ajustará a lo establecido por la Administración Educativa, y en concreto a las directrices de cada Dirección
de Área Territorial.
Sexto
Expedientes de alumnos
Los orientadores de Educación Primaria de los centros autorizados deberán comprobar,
junto con el equipo directivo del centro, que los expedientes de alumnos con necesidades
educativas especiales y necesidades de compensación educativa escolarizados en el centro,
tienen actualizados correctamente los datos que figuran en Raíces, junto con toda la documentación.
Séptimo
Aplicaciones informáticas de la administración
El sistema informático integral de gestión educativa (Raíces) incluye módulos específicos de alumnado con NEAE y de gestión de la orientación. El orientador de primaria deberá proceder a realizar en esta plataforma la actualización del censo de los alumnos con
necesidades específicas de apoyo educativo, y la elaboración de los documentos de evaluación psicopedagógica y, en su caso, dictamenes de escolarización, conforme a las instrucciones que al efecto se dicten desde la Administración Educativa.
Octavo
Vigencia y calendario de implantación
La presente Resolución será de aplicación para el curso 2024-2025, desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.
En el curso 2024-2025 todos los centros con concierto en la etapa de Educación Primaria, tendrán horas de orientación autorizadas para la atención del alumnado de segundo
ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria.
Noveno
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros
recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 19 de agosto de 2024.—El Director General de Educación Concertada, Becas
y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.
BOCM-20240830-44
Recursos