A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240830-5)
Plan de estudios – Decreto 89/2024, de 28 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo en Atletismo
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BOCM
Pág. 46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 207
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 6/2015, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo en Atletismo.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán a partir del
comienzo del curso escolar 2024-2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación normativa
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de agosto de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20240830-5
La Presidenta,
(P. S. 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta),
el Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN
Pág. 46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 207
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Queda derogado el Decreto 6/2015, de 12 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Técnico Deportivo en Atletismo.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán a partir del
comienzo del curso escolar 2024-2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación normativa
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Educación para dictar
cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 28 de agosto de 2024.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20240830-5
La Presidenta,
(P. S. 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta),
el Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local,
MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN