D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240829-19)
Plan especial infraestructuras – Acuerdo 60/2024, de 27 de junio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de saneamiento y depuración Sistema Picadas” en los términos municipales de Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 206
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley 16/1995,
de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de
Madrid y Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.
Artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
Consejería de Sanidad:
— Dirección General de Salud Pública. Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el
que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de la Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Pelayos de la Presa y San Martín
de Valdeiglesias para su conocimiento e informe, el cual deberá emitirse en el plazo máximo de un mes conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance emitido con
fecha 11 de septiembre de 2023, por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, de manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes administraciones públicas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo de 30 días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional
en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica
— Ecologistas en Acción.
— Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Transición Energética
y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Servicio de Informes Técnicos Medioambientales, Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Instalaciones Eléctricas, Dirección General de Transición Energética y
Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte.
— Área de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
— Dirección General de Protección Civil de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
BOCM-20240829-19
Quinto
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 206
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Subdirección General de Producción Agroalimentaria, Área de Vías Pecuarias. Artículo 25 de la
Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal. Artículo 42 de la Ley 16/1995,
de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de
Madrid y Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.
Artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
Consejería de Sanidad:
— Dirección General de Salud Pública. Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el
que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras:
— Dirección General de Carreteras. Artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991, de 7 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:
— Dirección General de Reequilibrio Territorial. Artículo 122.3 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de la Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de Pelayos de la Presa y San Martín
de Valdeiglesias para su conocimiento e informe, el cual deberá emitirse en el plazo máximo de un mes conforme a lo establecido en el artículo 59.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Consultar, de conformidad con lo indicado en el Documento de Alcance emitido con
fecha 11 de septiembre de 2023, por la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, de manera simultánea a la solicitud de informes sectoriales, a las siguientes administraciones públicas y personas interesadas, las cuales deberán pronunciarse durante el plazo de 30 días hábiles, pudiendo consultar el documento en el portal institucional
en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica
— Ecologistas en Acción.
— Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Área de Planificación y Gestión de Residuos de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Transición Energética
y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Servicio de Informes Técnicos Medioambientales, Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Área de Instalaciones Eléctricas, Dirección General de Transición Energética y
Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
— Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte.
— Área de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
— Dirección General de Protección Civil de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
BOCM-20240829-19
Quinto