D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240829-19)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 60/2024, de 27 de junio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de saneamiento y depuración Sistema Picadas” en los términos municipales de Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 206

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 57

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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ACUERDO 60/2024, de 27 de junio, de la Comisión de Urbanismo de Madrid,
relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de saneamiento y depuración Sistema Picadas” en los términos municipales de Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias, promovido por Canal
de Isabel II, S. A., M. P.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de junio de 2024, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo, de 19 de junio de 2024, en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de saneamiento y depuración Sistema Picadas” en los términos municipales de Pelayos de la Presa y San
Martín de Valdeiglesias, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de cuarenta y cinco días, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en uno de los de los periódicos de mayor circulación y por medios telemáticos,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse así mismo en el portal institucional en la ruta:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los siguientes órganos
y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible
afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:
— Confederación Hidrográfica del Tajo. Artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
— Secretaría de Estado de Energía, Dirección General de Política Energética y Minas. Artículo 5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y Disposición adicional segunda de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.
Ministerio de Transformación Digital y de la Función Pública:
— Secretaría General de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. Artículo 50.2
de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones.
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:
— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Subdirección
General de Patrimonio Histórico. Artículo 37.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20240829-19

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