D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20240827-14)
Convenio –  Convenio de 22 de julio de 2024, entre el Ayuntamiento de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, para la regulación de las condiciones de pago de los títulos anuales adquiridos por el Ayuntamiento de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 204

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
14

CONVENIO de 22 de julio de 2024, entre el Ayuntamiento de Madrid y el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, para la regulación de las condiciones de pago de los títulos anuales adquiridos por el Ayuntamiento de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, D.a Engracia Hidalgo Tena, Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, en virtud del Decreto de 17 de junio de 2023, del Alcalde, por el que se dispone su nombramiento como miembro de la Junta de Gobierno de la Ciudad y como titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación
y Hacienda, y en uso de las facultades atribuidas en el apartado 3.o.1.8 del Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Y de otra, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en su condición de Presidente del Consejo de
Administración del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid (en
adelante, el Consorcio o CRTM), designado por Acuerdo de 19 de julio de 2023 del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 20 de julio de 2023), actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de creación del Consorcio, y el artículo 12 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de
la Comunidad de Madrid, y en el artículo 6.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Reconociéndose las partes la capacidad suficiente para la realización de este acto,

1. Que, de conformidad con el Decreto de 17 de junio de 2023, del Alcalde, por el
que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, corresponde al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda las competencias ejecutivas, entre otras materias, relativas a la acción social del personal.
2. Por su parte, la Dirección General de Función Pública tiene atribuidas en el apartado 16.o.1.3.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, entre otras competencias, diseñar y desarrollar la política de acción social
de aplicación al conjunto del personal municipal.
3. Que el Consorcio, con el objetivo de promover la movilidad sostenible a través de
la utilización del transporte público en todos los ámbitos, ofrece el servicio especial de suministro de las Tarjetas de Transporte Público y la correspondiente carga de Abono Transporte Anual a las empresas e instituciones interesadas en participar en la promoción del
transporte público.
4. Que el Ayuntamiento de Madrid contempla, en el ámbito de su política de acción
social, entre las líneas de ayuda que establece el vigente Acuerdo-Convenio sobre condiciones de Trabajo comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid
y de sus Organismos Autónomos para el período 20192022, la ayuda de transporte en su
modalidad de Abono de Transporte.
5. Que el Ayuntamiento de Madrid solicita anualmente al Consorcio la adquisición
de los títulos de transporte anuales y tarjetas, en su caso, para las personas beneficiarias de
dicha ayuda.

BOCM-20240827-14

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