Ciempozuelos (BOCM-20240826-38)
Régimen económico. Precio público
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 119
2. Se establecen los siguientes precios por utilización del conjunto de la correspondiente instalación, por un período máximo de media jornada, y al margen de las personas
que hagan uso de la misma:
— Pabellón deportivo cubierto: 200 euros.
— Conjunto campo fútbol 11 de ciudad deportiva, vestuarios, bar y gradas: 500
euros.
— Conjunto campos de fútbol 7 y 11 de Peñuelas, bar y vestuarios: 300 euros.
— Espacio bar: 25 euros.
Se considera media jornada el lapso de tiempo comprendido entre las 9:00 y las 15:00
horas en la mañana y el comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas por la tarde-noche.
El uso de pistas e instalaciones estará sujeto a la disponibilidad que resulte como consecuencia de las autorizaciones otorgadas de conformidad con lo dispuesto en este acuerdo.
El abono de las pistas o instalaciones se realizarán siempre con carácter previo a su utilización.
Podrán realizarse reserva de pistas e instalaciones con antelación, pero será requisito
ineludible para ello que la solicitud se acompañe del pago efectivo de la cuota correspondiente y sin perjuicio de la devolución cuando las pistas o instalaciones reservadas no puedan ser utilizadas por causas imputables al Ayuntamiento.
En cualquier otro caso el importe de la reserva no será devuelto.
Las pistas de tenis, tenis de mesa, frontón y pádel, solo pueden ser utilizadas simultáneamente por un máximo de cuatro personas.
Serán desestimadas las solicitudes de autorización de uso del Espacio-Bar formuladas
por personas físicas o jurídicas que no hayan reservado o que no tengan asignado el uso de
la instalación deportiva en la misma franja horaria.
Art. 8.o Uso de la piscina municipal.
1. Se distinguen las siguientes modalidades de uso:
a) Entrada general:
— Piscina de verano.
d Infantil: 5 euros-bono de 10 usos: 40 euros.
d Adulto: 8 euros-bono de 10 usos: 70 euros.
b) Cursos:
— Matrícula: 18 euros.
— Mensualidad: Adulto 41 euros-Infantil 26 euros.
Reducciones
Art.
Reducciones aplicables a usuarios de actividades organizadas por el Ayuntamiento, pistas deportivas, y piscina municipal.
Los usuarios incluidos en los apartados correspondientes artículos 6, 7.1 y 8 disfrutarán de las siguientes reducciones:
— El 50 %, para las familias numerosas, desempleados inscritos en el INEM (ambos
progenitores o miembros de la unidad familiar en caso de que el usuario sea menor de edad), personas con discapacidad, víctimas de terrorismo y víctimas de violencia de género.
De igual modo será objeto de esta reducción la inscripción de un segundo miembro de la unidad familiar.
— El 80 % en el caso de unidad familiar perceptora o en tramitación de la renta mínima de inserción (RMI).
— El 100 % en el caso usuarios en posesión de informe de Servicios sociales acreditando la situación económica especialmente desfavorable para realizar el pago.
En los supuestos contemplados en el artículo 6, las presentes reducciones solo serán
de aplicación a la ficha de jugador e inscripción de jugador. No serán aplicables a las fianzas ni a las inscripciones de equipo.
La aplicación de estas reducciones o descuentos no serán acumulables. siendo de aplicación la más favorable para el interesado.
Toda circunstancia que dé lugar a derecho a estos descuentos ha de ser acreditada en
el momento de la inscripción.
Cualquier modificación de la situación que dé lugar a los descuentos deberá ser comunicada al Ayuntamiento.
BOCM-20240826-38
9.o
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 119
2. Se establecen los siguientes precios por utilización del conjunto de la correspondiente instalación, por un período máximo de media jornada, y al margen de las personas
que hagan uso de la misma:
— Pabellón deportivo cubierto: 200 euros.
— Conjunto campo fútbol 11 de ciudad deportiva, vestuarios, bar y gradas: 500
euros.
— Conjunto campos de fútbol 7 y 11 de Peñuelas, bar y vestuarios: 300 euros.
— Espacio bar: 25 euros.
Se considera media jornada el lapso de tiempo comprendido entre las 9:00 y las 15:00
horas en la mañana y el comprendido entre las 15:00 y las 22:00 horas por la tarde-noche.
El uso de pistas e instalaciones estará sujeto a la disponibilidad que resulte como consecuencia de las autorizaciones otorgadas de conformidad con lo dispuesto en este acuerdo.
El abono de las pistas o instalaciones se realizarán siempre con carácter previo a su utilización.
Podrán realizarse reserva de pistas e instalaciones con antelación, pero será requisito
ineludible para ello que la solicitud se acompañe del pago efectivo de la cuota correspondiente y sin perjuicio de la devolución cuando las pistas o instalaciones reservadas no puedan ser utilizadas por causas imputables al Ayuntamiento.
En cualquier otro caso el importe de la reserva no será devuelto.
Las pistas de tenis, tenis de mesa, frontón y pádel, solo pueden ser utilizadas simultáneamente por un máximo de cuatro personas.
Serán desestimadas las solicitudes de autorización de uso del Espacio-Bar formuladas
por personas físicas o jurídicas que no hayan reservado o que no tengan asignado el uso de
la instalación deportiva en la misma franja horaria.
Art. 8.o Uso de la piscina municipal.
1. Se distinguen las siguientes modalidades de uso:
a) Entrada general:
— Piscina de verano.
d Infantil: 5 euros-bono de 10 usos: 40 euros.
d Adulto: 8 euros-bono de 10 usos: 70 euros.
b) Cursos:
— Matrícula: 18 euros.
— Mensualidad: Adulto 41 euros-Infantil 26 euros.
Reducciones
Art.
Reducciones aplicables a usuarios de actividades organizadas por el Ayuntamiento, pistas deportivas, y piscina municipal.
Los usuarios incluidos en los apartados correspondientes artículos 6, 7.1 y 8 disfrutarán de las siguientes reducciones:
— El 50 %, para las familias numerosas, desempleados inscritos en el INEM (ambos
progenitores o miembros de la unidad familiar en caso de que el usuario sea menor de edad), personas con discapacidad, víctimas de terrorismo y víctimas de violencia de género.
De igual modo será objeto de esta reducción la inscripción de un segundo miembro de la unidad familiar.
— El 80 % en el caso de unidad familiar perceptora o en tramitación de la renta mínima de inserción (RMI).
— El 100 % en el caso usuarios en posesión de informe de Servicios sociales acreditando la situación económica especialmente desfavorable para realizar el pago.
En los supuestos contemplados en el artículo 6, las presentes reducciones solo serán
de aplicación a la ficha de jugador e inscripción de jugador. No serán aplicables a las fianzas ni a las inscripciones de equipo.
La aplicación de estas reducciones o descuentos no serán acumulables. siendo de aplicación la más favorable para el interesado.
Toda circunstancia que dé lugar a derecho a estos descuentos ha de ser acreditada en
el momento de la inscripción.
Cualquier modificación de la situación que dé lugar a los descuentos deberá ser comunicada al Ayuntamiento.
BOCM-20240826-38
9.o