Villalbilla (BOCM-20240826-51)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 203
BOCM-20240826-51
4.a Modificación: Pleno 25 de noviembre de 2003; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 286, de 1 de diciembre de 2003.
5.a Modificación: Pleno 29 de enero de 2009; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 30, de 5 de febrero de 2009 y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 81, de 6 de abril de 2009.
6.a Modificación: Pleno de 25 de octubre de 2011; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 306, lunes 26 de diciembre 2011.
7.a Modificación: Pleno de 18 de septiembre de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, jueves 21 de enero de 2021.
8.a Modificación: Pleno de 17 de septiembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, martes 23 de noviembre de 2021”.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Villalbilla, a 16 de agosto de 2024.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/13.416/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOCM-20240826-51
4.a Modificación: Pleno 25 de noviembre de 2003; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 286, de 1 de diciembre de 2003.
5.a Modificación: Pleno 29 de enero de 2009; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 30, de 5 de febrero de 2009 y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 81, de 6 de abril de 2009.
6.a Modificación: Pleno de 25 de octubre de 2011; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 306, lunes 26 de diciembre 2011.
7.a Modificación: Pleno de 18 de septiembre de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, jueves 21 de enero de 2021.
8.a Modificación: Pleno de 17 de septiembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 279, martes 23 de noviembre de 2021”.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En Villalbilla, a 16 de agosto de 2024.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.
(03/13.416/24)
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ISSN 1989-4791