C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240826-15)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2838/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que aprueba la convocatoria (FEAGA 2025) de ayudas a las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países en la Comunidad de Madrid, financiadas por el FEAGA, según las normas reguladoras del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la PAC
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 49
porte final y condiciones de las mismas, todo ello en función de lo establecido en los
artículos 64, 65 y 66 del Real Decreto 905/2022.
Quinto
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación
del extracto de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará el 16 de septiembre de 2024. El texto íntegro de la convocatoria podrá consultarse
en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid mediante el acceso habilitado para ello en
el portal de administración electrónica www.comunidad.madrid y disponible en la dirección
electrónica siguiente https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudapromocion-vinos-terceros-paises
Sexto
Ejecución, justificación y pago final de las ayudas
BOCM-20240826-15
El plazo de ejecución de los programas objeto de la presente convocatoria de ayudas,
comenzará el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre de 2025. El pago de la ayuda podrá
solicitarse desde el 1 de enero hasta el 15 de febrero de 2026.
Madrid, a 16 de agosto de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/13.484/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 203
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 49
porte final y condiciones de las mismas, todo ello en función de lo establecido en los
artículos 64, 65 y 66 del Real Decreto 905/2022.
Quinto
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación
del extracto de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará el 16 de septiembre de 2024. El texto íntegro de la convocatoria podrá consultarse
en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones
Las solicitudes de subvenciones se presentarán por medios electrónicos en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid mediante el acceso habilitado para ello en
el portal de administración electrónica www.comunidad.madrid y disponible en la dirección
electrónica siguiente https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudapromocion-vinos-terceros-paises
Sexto
Ejecución, justificación y pago final de las ayudas
BOCM-20240826-15
El plazo de ejecución de los programas objeto de la presente convocatoria de ayudas,
comenzará el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre de 2025. El pago de la ayuda podrá
solicitarse desde el 1 de enero hasta el 15 de febrero de 2026.
Madrid, a 16 de agosto de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 25 de marzo de 2024), el Viceconsejero de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Rafael García González.
(03/13.484/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791