D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240824-6)
Convenio – Convenio de 5 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y la Universidad Complutense de Madrid, para la concesión directa de una subvención destinada a financiar durante 2024, los gastos derivados de la gestión del Distrito Universitario Único Madrileño, por importe de 300.000 euros
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 202
SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 149
litada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Décima
Régimen jurídico aplicable
El presente convenio tiene la naturaleza jurídica de los previstos en el artículo 4.5.c)
apartado 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
siendo de aplicación al mismo dicha ley, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
Undécima
Jurisdicción competente
BOCM-20240824-6
Es competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación,
aplicación o efectos del presente convenio la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
municipio de Madrid.
En prueba de conformidad, ambos partes firman de forma electrónica el presente convenio, considerándose la fecha del mismo la establecida en la firma del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Madrid, a 5 de agosto de 2024.—El Rector de la Universidad Complutense de Madrid,
Joaquín Goyache Goñi.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.
(03/13.247/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 149
litada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente, aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por
el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Décima
Régimen jurídico aplicable
El presente convenio tiene la naturaleza jurídica de los previstos en el artículo 4.5.c)
apartado 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
siendo de aplicación al mismo dicha ley, así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, quedará sometido al régimen jurídico de los convenios establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en los términos establecidos en artículo 48.7 de la citada ley, esto es, en todo
lo que no se oponga a la normativa reguladora de subvenciones, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo
dispuesto en el artículo 6.2 de esta norma.
Undécima
Jurisdicción competente
BOCM-20240824-6
Es competente para la resolución de cualquier litigio derivado de la interpretación,
aplicación o efectos del presente convenio la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del
municipio de Madrid.
En prueba de conformidad, ambos partes firman de forma electrónica el presente convenio, considerándose la fecha del mismo la establecida en la firma del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades.
Madrid, a 5 de agosto de 2024.—El Rector de la Universidad Complutense de Madrid,
Joaquín Goyache Goñi.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.
(03/13.247/24)
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ISSN 1989-4791