C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240824-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Ouigo España, S. A. U. (código número 28103902012024)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024

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Maquinistas, todos lo que lo eran a 1 de enero de 2024 y no han promocionado a Maquinista
Senior, y quienes tenían la categoría de maquinista junior y comenzaron las habilitaciones para
obtener el certificado antes del mes de enero 2022.

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Maquinista de Entrada, todos los maquinistas junior que no han promocionado al 1 de enero
de 2024 y los contratados como maquinistas en formación al cumplir el periodo de formación
previsto.

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Maquinista en Formación, todos los contratados en el segundo semestre del 2023 y que no
han cumplido el periodo de formación el 1 de enero de 2024.

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Y promocionarán a nivel superior después del 1 de enero de 2024:
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A Maquinista Senior, los que el día 1 de enero de 2024 se clasifican como maquinistas y
maquinistas de entrada, al cumplir 5 años y 6 meses desde que comenzaron las habilitaciones
para obtener el certificado o al cumplir 3 años como maquinista en la empresa, lo que antes
ocurra.

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A Maquinista, los que el día 1 de enero de 2024 se clasifican como maquinistas de entrada, al
cumplir 2 años y 6 meses desde que comenzaron las habilitaciones para obtener el certificado,
o al cumplir 2 años como maquinista de entrada (junior) en la empresa, lo que antes ocurra.

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A Maquinista de Entrada los contratados a partir del año 2023 en la forma prevista en la
clasificación de categorías regulada en el artículo 10 de este convenio, y sucesivamente a las
otras categorías como se prevé en dicho artículo.

BOCM-20240824-2

Los contratados a partir de 1 de enero de 2024 en la forma prevista en el artículo 10 del presente
convenio colectivo.