C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240824-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Limpieza Viaria y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos Ciempozuelos (código número 28103411012022)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 202

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
3

RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Limpieza Viaria y Recogida de
Residuos Sólidos Urbanos Ciempozuelos (código número 28103411012022).

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa Limpieza Viaria y Recogida de
Residuos Sólidos Urbanos Ciempozuelos, suscrito por la Comisión Negociadora del mismo
el día 22 de mayo de 2024; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos,
Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2.1 a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20240824-3

1. Inscribir dicho Convenio en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente
depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 12 de agosto de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina
Parra Rudilla.