Tielmes (BOCM-20240823-37)
Organización y funcionamiento. Reglamento dispositivos electrónicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 201
lizado y superado la formación que habilite para su uso y hayan sido designados por la Jefatura del cuerpo a tal efecto.
Para mayor garantía, cualquier intervención que se efectúe con el DEC y se active dispositivo y cámara, tanto si se dispara como si no, se realizará informe técnico-operativo interno dirigido a la Jefatura del Cuerpo, así como diligencias judiciales en los supuestos que
proceda Asignación del Dispositivo “DEC” y Cámaras “CPP”.
Los equipos se portarán por los funcionarios de la Policía Local de Tielmes determinados por Jefatura, que previamente hayan recibido la formación oficial correspondiente.
Se llevará un registro con datos del día, hora de recogida y depósito del arma y cámara, así
como de los números de serie del dispositivo, de los cartuchos y de las cámaras asignadas.
Se asignará a cada operador DEC la siguiente dotación:
— Un dispositivo electrónico de control (DEC).
— Un total de 4 cargas, dos de ellas de distancia óptima corta y otras 2 de distancia
óptima larga. La distribución operativa de las citadas cargas (dos en el interior del
dispositivo y otras dos en el interior del porta cargadores unido a la funda) correrá bajo la responsabilidad del propio operador y según formación adquirida, tipo
de intervención que afronte, tipos de servicio y las características tácticas de la
unidad, etc.
— Una funda antihurto para portar el DEC, modelo seleccionado previamente por Jefatura.
— Una funda porta cargadores, con capacidad para portar dos cargadores.
— Una cámara CPP (con soporte de sujeción).
Los Agentes a los que les sean asignados estos equipos de dotación serán responsables
de los mismos desde la entrega hasta la finalización del servicio, debiendo realizar los test de
funcionalidad preceptivos al inicio de servicio.
Con el fin de garantizar más aún si cabe la protección de los ciudadanos y dar cobertura de primera intervención hasta la llegada de los servicios sanitarios al lugar en el que se
hubiera utilizado el DEC, los Agentes a los que se asigne el dispositivo comprobarán que
su radiopatrulla de servicio tiene de dotación un desfibrilador portátil “DESA” en orden de
funcionamiento, así como los correspondientes parches de adulto y pediátricos.
2. Medidas de seguridad
El Dispositivo Electrónico de Control, en adelante DEC, funciona mediante pulsos
eléctricos que provocan incapacitación neuromuscular y que tiene la consideración de arma
de letalidad reducida, por tanto, debe ser tratado en todo caso como un arma, por lo que se
deberán guardar similares prevenciones que las que se adoptan con las armas de fuego, básicamente:
— Considerar el DEC como un arma siempre cargada y lista para su uso.
— No apuntar a nadie a quien no se pretenda reducir y contener.
— No introducir el dedo en el disparador, salvo para disparar.
— Antes de quitar la protección de las cargas, debe asegurarse que el frontal de dicha
carga no apunta a alguien o alguna parte del cuerpo del operador DEC.
— No golpear ni someter a electricidad estática las cargas del DEC, ya que podría
desplegar las sondas de forma accidental.
3. Complemento de uso de fuerza
El DEC no sustituye el uso de fuerza letal. El DEC es un complemento en el uso de la
fuerza policial con la finalidad de minimizar el riesgo de sufrir lesiones, tanto en el sujeto
como en los agentes intervinientes, en las situaciones que así permitan su utilización.
El DEC podrá ser utilizado en aquellos casos en los que exista un riesgo para la integridad física o la vida de los agentes actuantes, terceras personas o la del propio sujeto a
controlar, priorizando su uso sobre otros medios de fuerza, en especial cuando:
— El sujeto a controlar y/o detener esté en posesión de armas u objetos contundentes,
tenga una fortaleza excepcional o se le conozcan habilidades combativas.
— Manifieste claramente una actitud violenta hacia los agentes actuantes o terceras
personas.
BOCM-20240823-37
4. Prioridad sobre otros usos de fuerza no letal
Pág. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 201
lizado y superado la formación que habilite para su uso y hayan sido designados por la Jefatura del cuerpo a tal efecto.
Para mayor garantía, cualquier intervención que se efectúe con el DEC y se active dispositivo y cámara, tanto si se dispara como si no, se realizará informe técnico-operativo interno dirigido a la Jefatura del Cuerpo, así como diligencias judiciales en los supuestos que
proceda Asignación del Dispositivo “DEC” y Cámaras “CPP”.
Los equipos se portarán por los funcionarios de la Policía Local de Tielmes determinados por Jefatura, que previamente hayan recibido la formación oficial correspondiente.
Se llevará un registro con datos del día, hora de recogida y depósito del arma y cámara, así
como de los números de serie del dispositivo, de los cartuchos y de las cámaras asignadas.
Se asignará a cada operador DEC la siguiente dotación:
— Un dispositivo electrónico de control (DEC).
— Un total de 4 cargas, dos de ellas de distancia óptima corta y otras 2 de distancia
óptima larga. La distribución operativa de las citadas cargas (dos en el interior del
dispositivo y otras dos en el interior del porta cargadores unido a la funda) correrá bajo la responsabilidad del propio operador y según formación adquirida, tipo
de intervención que afronte, tipos de servicio y las características tácticas de la
unidad, etc.
— Una funda antihurto para portar el DEC, modelo seleccionado previamente por Jefatura.
— Una funda porta cargadores, con capacidad para portar dos cargadores.
— Una cámara CPP (con soporte de sujeción).
Los Agentes a los que les sean asignados estos equipos de dotación serán responsables
de los mismos desde la entrega hasta la finalización del servicio, debiendo realizar los test de
funcionalidad preceptivos al inicio de servicio.
Con el fin de garantizar más aún si cabe la protección de los ciudadanos y dar cobertura de primera intervención hasta la llegada de los servicios sanitarios al lugar en el que se
hubiera utilizado el DEC, los Agentes a los que se asigne el dispositivo comprobarán que
su radiopatrulla de servicio tiene de dotación un desfibrilador portátil “DESA” en orden de
funcionamiento, así como los correspondientes parches de adulto y pediátricos.
2. Medidas de seguridad
El Dispositivo Electrónico de Control, en adelante DEC, funciona mediante pulsos
eléctricos que provocan incapacitación neuromuscular y que tiene la consideración de arma
de letalidad reducida, por tanto, debe ser tratado en todo caso como un arma, por lo que se
deberán guardar similares prevenciones que las que se adoptan con las armas de fuego, básicamente:
— Considerar el DEC como un arma siempre cargada y lista para su uso.
— No apuntar a nadie a quien no se pretenda reducir y contener.
— No introducir el dedo en el disparador, salvo para disparar.
— Antes de quitar la protección de las cargas, debe asegurarse que el frontal de dicha
carga no apunta a alguien o alguna parte del cuerpo del operador DEC.
— No golpear ni someter a electricidad estática las cargas del DEC, ya que podría
desplegar las sondas de forma accidental.
3. Complemento de uso de fuerza
El DEC no sustituye el uso de fuerza letal. El DEC es un complemento en el uso de la
fuerza policial con la finalidad de minimizar el riesgo de sufrir lesiones, tanto en el sujeto
como en los agentes intervinientes, en las situaciones que así permitan su utilización.
El DEC podrá ser utilizado en aquellos casos en los que exista un riesgo para la integridad física o la vida de los agentes actuantes, terceras personas o la del propio sujeto a
controlar, priorizando su uso sobre otros medios de fuerza, en especial cuando:
— El sujeto a controlar y/o detener esté en posesión de armas u objetos contundentes,
tenga una fortaleza excepcional o se le conozcan habilidades combativas.
— Manifieste claramente una actitud violenta hacia los agentes actuantes o terceras
personas.
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4. Prioridad sobre otros usos de fuerza no letal