D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20240823-19)
Convenio – Convenio de 10 de julio de 2024, entre el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y la Unión de Cooperativas Agrarias Madrileñas (UCAM), por el que se regula la concesión directa de una subvención que se otorga por IMIDRA a UCAM para la realización de actuaciones para el fomento de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, y su implantación en los productos hortofrutícolas madrileños, en el año 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 201
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 59
Séptimo
En el ejercicio de las competencias atribuidas al titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, consejería a la que se encuentra adscrito el IMIDRA, se ha
dictado la Orden 396/2024 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por
la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, en el que en su anexo III se incluye la
línea de ayudas que se instrumenta a través de este convenio.
La finalidad de la subvención es impulsar actuaciones en el ámbito de los sistemas de
aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, que fomenten su implantación en el sector hortofrutícola de la Comunidad de Madrid.
Octavo
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de junio de 2024, se autorizó la concesión directa de una subvención a
UCAM, constituida por una entrega dineraria de 135.000 euros, para el año 2024 y su instrumentación a través del presente convenio.
Noveno
Con carácter previo a la firma del presente convenio, UCAM ha acreditado que se halla al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, o estas están debidamente garantizadas, ni tiene deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas en los términos
establecidos en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, previamente a la suscripción de este convenio, el representante legal de
UCAM ha presentado declaración responsable en la que manifiesta que UCAM no se halla
incursa en causa de prohibición para ser beneficiaria de la subvención que se instrumenta
en el presente convenio, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, con el fin de controlar el umbral máximo de ayudas minimis concedidas
a un mismo beneficiario, establecido en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE)
número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, el representante legal de UCAM presenta Declaración Responsable, previamente
a la firma de este convenio, sobre las ayudas de minimis recibidas en el ejercicio corriente
y en los dos anteriores.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
Segunda
Actuación subvencionada
1. El objeto de la subvención es la realización por parte de UCAM, de actividades dirigidas al impulso y fomento de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, en los productos hortofrutícolas madrileños que se
comercializan en el centro logístico de productos frescos denominado MADRIDRURAL.
BOCM-20240823-19
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico, de una subvención que otorga el
Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) a
la Unión de Cooperativas Agrarias Madrileñas (UCAM) para la financiación de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda y en el anexo 1 de este convenio para el fomento
de la implantación de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, en los productos hortofrutícolas madrileños, en el año 2024.
B.O.C.M. Núm. 201
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 59
Séptimo
En el ejercicio de las competencias atribuidas al titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, consejería a la que se encuentra adscrito el IMIDRA, se ha
dictado la Orden 396/2024 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por
la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, en el que en su anexo III se incluye la
línea de ayudas que se instrumenta a través de este convenio.
La finalidad de la subvención es impulsar actuaciones en el ámbito de los sistemas de
aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, que fomenten su implantación en el sector hortofrutícola de la Comunidad de Madrid.
Octavo
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de junio de 2024, se autorizó la concesión directa de una subvención a
UCAM, constituida por una entrega dineraria de 135.000 euros, para el año 2024 y su instrumentación a través del presente convenio.
Noveno
Con carácter previo a la firma del presente convenio, UCAM ha acreditado que se halla al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, o estas están debidamente garantizadas, ni tiene deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas en los términos
establecidos en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, previamente a la suscripción de este convenio, el representante legal de
UCAM ha presentado declaración responsable en la que manifiesta que UCAM no se halla
incursa en causa de prohibición para ser beneficiaria de la subvención que se instrumenta
en el presente convenio, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Igualmente, con el fin de controlar el umbral máximo de ayudas minimis concedidas
a un mismo beneficiario, establecido en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (UE)
número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, el representante legal de UCAM presenta Declaración Responsable, previamente
a la firma de este convenio, sobre las ayudas de minimis recibidas en el ejercicio corriente
y en los dos anteriores.
Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
Segunda
Actuación subvencionada
1. El objeto de la subvención es la realización por parte de UCAM, de actividades dirigidas al impulso y fomento de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, en los productos hortofrutícolas madrileños que se
comercializan en el centro logístico de productos frescos denominado MADRIDRURAL.
BOCM-20240823-19
El objeto del presente convenio es instrumentar la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico, de una subvención que otorga el
Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) a
la Unión de Cooperativas Agrarias Madrileñas (UCAM) para la financiación de las actuaciones que se recogen en la cláusula segunda y en el anexo 1 de este convenio para el fomento
de la implantación de los sistemas de aseguramiento de la integridad y trazabilidad de la información de los alimentos, en los productos hortofrutícolas madrileños, en el año 2024.