Griñón (BOCM-20240822-44)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 191

conforme a lo establecido en el apartado 4 del citado art. 135 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 137 de la Ley 9/2001 podrá acordarse de que la conservación de las obras de urbanización sea realizada por una Entidad Urbanística de Conservación constituida a tal efecto.
DISPOSICIÓN ADICIONAL

BOCM-20240822-44

De cuantos gastos se hayan satisfecho anticipadamente por los promotores de la Junta
y resulten procedentes según la Ley del Suelo, serán de cuenta de los miembros que la componen y, previa su justificación ante la Asamblea General, se imputará la parte proporcional que proceda al resto de los propietarios. En caso de impago de las referidas cantidades,
se estará a lo dispuesto en el art. 40.3 y 4 de estos Estatutos.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 21 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
(02/11.230/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791