B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240822-7)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
7
RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley,
establece en su artículo 42 que el sistema de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
es el de concurso-oposición, existiendo una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.
El Decreto 133/2014, de 27 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, dispone en su artículo 14 y 15 los aspectos relacionados con la
fase de prácticas.
Por Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se convocó concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación para cubrir plazas vacantes en el
ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, habiéndose publicado por Resolución de 8
de agosto de 2024 la lista de seleccionados en el concurso oposición procede regular la fase
de prácticas al amparo de lo dispuesto en la anterior normativa.
En los casos en que esta Resolución y sus bases utilizan sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se hace por
mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
Por lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 21 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección
General
RESUELVE
Primero
Objeto
BOCM-20240822-7
El artículo 42.2. del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la fase de prácticas forma parte de proceso selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, siendo el
objeto de la presente resolución la regulación del procedimiento de la fase de prácticas para
los aspirantes seleccionados en el concurso oposición y que sean nombrados funcionarios
en prácticas.
La fase de prácticas incluirá el desarrollo de las funciones propias de la actividad inspectora y la realización de un programa formativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 48.3 del Real Decreto 276/2007.
B.O.C.M. Núm. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 75
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
7
RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley,
establece en su artículo 42 que el sistema de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
es el de concurso-oposición, existiendo una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.
El Decreto 133/2014, de 27 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, dispone en su artículo 14 y 15 los aspectos relacionados con la
fase de prácticas.
Por Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se convocó concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación para cubrir plazas vacantes en el
ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, habiéndose publicado por Resolución de 8
de agosto de 2024 la lista de seleccionados en el concurso oposición procede regular la fase
de prácticas al amparo de lo dispuesto en la anterior normativa.
En los casos en que esta Resolución y sus bases utilizan sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que se hace por
mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
Por lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 21 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección
General
RESUELVE
Primero
Objeto
BOCM-20240822-7
El artículo 42.2. del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la fase de prácticas forma parte de proceso selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, siendo el
objeto de la presente resolución la regulación del procedimiento de la fase de prácticas para
los aspirantes seleccionados en el concurso oposición y que sean nombrados funcionarios
en prácticas.
La fase de prácticas incluirá el desarrollo de las funciones propias de la actividad inspectora y la realización de un programa formativo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 48.3 del Real Decreto 276/2007.