D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240821-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de agosto de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la realización de la XXXI Edición del Festival de Música Antigua de Aranjuez 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 375
VII. Que el Ayuntamiento de Aranjuez está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz
cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y con el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio de colaboración, sujeto a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para la organización conjunta del XXXI Festival de Música Antigua de
Aranjuez, que se celebrará en el citado municipio los entre los meses de septiembre y diciembre de 2024.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Aranjuez
1. Gestionar con las Administraciones públicas titulares la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
2. Destinar la totalidad de la cantidad referida en la cláusula tercera a las distintas actividades que se desarrollarán en relación con el Festival de Música Antigua de Aranjuez.
3. Efectuar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, las contrataciones artísticas y de dirección técnica de los espectáculos incluidos en la programación del Festival. Asimismo, correrán por cuenta del ayuntamiento los
gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por la realización de
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio (televenta, derechos de autor y otros de naturaleza similar).
4. Hacer constar la colaboración de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
promocionales, señalética, difusión y prensa, del Festival de Música Antigua, en soportes
físico y digital.
5. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid.
6. Someter a aprobación por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
el uso del logotipo de la Comunidad de Madrid señalado en los puntos 4 y 5 de esta cláusula segunda. El logotipo será facilitado por la citada Consejería.
Tercera
Para la realización del referido proyecto de realización de la XXXI Edición del Festival de
Música Antigua de Aranjuez en 2024, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, aportará al Ayuntamiento de Aranjuez un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000 euros)
destinados a financiar los gastos de ejecución de la edición del Festival correspondientes a
contrataciones artísticas, técnicas y similares.
Aprobar la presencia del logotipo de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
citados en la cláusula segunda.
BOCM-20240821-23
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 199
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 375
VII. Que el Ayuntamiento de Aranjuez está de acuerdo en prestar, en el ámbito propio, la cooperación y asistencia activa que la Comunidad de Madrid recabe para el eficaz
cumplimiento de sus objetivos en el marco de sus competencias propias, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
VIII. Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y con el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, suscribir un convenio de colaboración, sujeto a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento de Aranjuez y la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid para la organización conjunta del XXXI Festival de Música Antigua de
Aranjuez, que se celebrará en el citado municipio los entre los meses de septiembre y diciembre de 2024.
Segunda
Obligaciones del Ayuntamiento de Aranjuez
1. Gestionar con las Administraciones públicas titulares la utilización de los espacios
adecuados para la realización de las actividades, así como los medios técnicos, materiales
y humanos que resulten necesarios para la buena marcha de las mismas.
2. Destinar la totalidad de la cantidad referida en la cláusula tercera a las distintas actividades que se desarrollarán en relación con el Festival de Música Antigua de Aranjuez.
3. Efectuar, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, las contrataciones artísticas y de dirección técnica de los espectáculos incluidos en la programación del Festival. Asimismo, correrán por cuenta del ayuntamiento los
gastos de gestión de la recaudación de los ingresos que se generen por la realización de
cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio (televenta, derechos de autor y otros de naturaleza similar).
4. Hacer constar la colaboración de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
promocionales, señalética, difusión y prensa, del Festival de Música Antigua, en soportes
físico y digital.
5. En el caso de que el ayuntamiento decidiera llevar a cabo cualquier acción encaminada a la promoción de las actividades objeto del presente convenio, incluirá en todos los
elementos publicitarios, el logotipo de la Comunidad de Madrid.
6. Someter a aprobación por parte de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
el uso del logotipo de la Comunidad de Madrid señalado en los puntos 4 y 5 de esta cláusula segunda. El logotipo será facilitado por la citada Consejería.
Tercera
Para la realización del referido proyecto de realización de la XXXI Edición del Festival de
Música Antigua de Aranjuez en 2024, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, aportará al Ayuntamiento de Aranjuez un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000 euros)
destinados a financiar los gastos de ejecución de la edición del Festival correspondientes a
contrataciones artísticas, técnicas y similares.
Aprobar la presencia del logotipo de la Comunidad de Madrid en todos los elementos
citados en la cláusula segunda.
BOCM-20240821-23
Obligaciones de la Comunidad de Madrid