D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240821-17)
Convenio – Adenda de 29 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Móstoles, para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024
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BOCM
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 199
ANEXO
PLAN DE DESARROLLO GITANO
En este Anexo queda incluida la financiación para la implementación del Plan de desarrollo
gitano promovido por el Ministerio competente en materia de Servicios Sociales.
La financiación de los proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de
la marginación e inserción del Pueblo gitano, que se desarrollan dentro del Plan de desarrollo
gitano, queda incluida en el siguiente cuadro:
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
Financia CM
%
PLAN DE DESARROLLO
0,00 100
GITANO
Financia EL
%
TOTAL
0
0,00
Gastos de Programas que se financian:
Con cargo a este Anexo se financian los proyectos y/o programas destinados a la atención del
pueblo gitano.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de
Madrid, en su caso, pueda gestionar las ayudas que el Ministerio competente en materia de
Servicios Sociales, conceda a las Comunidades Autónomas para el Plan de Desarrollo del Pueblo
Gitano.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240821-17
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 199
ANEXO
PLAN DE DESARROLLO GITANO
En este Anexo queda incluida la financiación para la implementación del Plan de desarrollo
gitano promovido por el Ministerio competente en materia de Servicios Sociales.
La financiación de los proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de
la marginación e inserción del Pueblo gitano, que se desarrollan dentro del Plan de desarrollo
gitano, queda incluida en el siguiente cuadro:
Delimitación de Programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
Financia CM
%
PLAN DE DESARROLLO
0,00 100
GITANO
Financia EL
%
TOTAL
0
0,00
Gastos de Programas que se financian:
Con cargo a este Anexo se financian los proyectos y/o programas destinados a la atención del
pueblo gitano.
Seguimiento y obligación de presentar documentación
Con independencia de las normas contenidas en este Anexo y en el clausulado del Convenio en
que se integra, las Entidades Locales que desarrollen el programa incluido en el mismo, se
obligan a aportar cuantos datos y documentación sean necesarios para que la Comunidad de
Madrid, en su caso, pueda gestionar las ayudas que el Ministerio competente en materia de
Servicios Sociales, conceda a las Comunidades Autónomas para el Plan de Desarrollo del Pueblo
Gitano.
Para el cumplimiento de la obligación de justificación de gastos, se utilizarán los documentos y
formatos que en cada momento establezca la Comunidad de Madrid.
BOCM-20240821-17
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID