D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240821-21)
Convenio – Adenda de 29 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024
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BOCM
Pág. 298
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 199
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
21
ADENDA de 29 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024.
Madrid, a 29 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud, y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Sr. D. José Fernández Sánchez, miembro de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, nombrado mediante Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde. Por delegación, ostenta la competencia de suscribir este convenio en virtud del apartado 3.o1.8 del Acuerdo de 29 de junio
de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en relación con la competencia
de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en
la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 29 de junio de 2023
por delegación y desconcentración de competencias.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente Adenda de modificación del Convenio de colaboración vigente, y
El día 20 de septiembre de 2023 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el
Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.
La cláusula decimoséptima del citado Convenio de colaboración, establece su duración, fijando su vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2023. La misma cláusula señala que antes de la finalización de la vigencia de este Convenio o en su caso de cualquiera
de sus prórrogas, las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por el mismo periodo de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el Convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda.
El 19 de diciembre de 2023, se formalizó una Adenda de Prórroga del citado Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio, al objeto de actualizar el contenido técnico y económico de los Anexos del mismo, incluyendo,
por un lado, la definición de nuevos programas en el marco de los planes y programas so-
BOCM-20240821-21
MANIFIESTAN
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ADENDA de 29 de julio de 2024, de modificación del convenio de colaboración
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud
y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los Servicios Sociales de las Entidades Locales para el año 2024.
Madrid, a 29 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de
Familia, Juventud, y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante
Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en
virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, el Sr. D. José Fernández Sánchez, miembro de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, nombrado mediante Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde. Por delegación, ostenta la competencia de suscribir este convenio en virtud del apartado 3.o1.8 del Acuerdo de 29 de junio
de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en relación con la competencia
de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3K de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en
la Junta de Gobierno de la Cuidad de Madrid por Decreto del alcalde de 29 de junio de 2023
por delegación y desconcentración de competencias.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente Adenda de modificación del Convenio de colaboración vigente, y
El día 20 de septiembre de 2023 se firmó un Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el
Ayuntamiento de Madrid para el desarrollo de la Atención Social Primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.
La cláusula decimoséptima del citado Convenio de colaboración, establece su duración, fijando su vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2023. La misma cláusula señala que antes de la finalización de la vigencia de este Convenio o en su caso de cualquiera
de sus prórrogas, las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por el mismo periodo de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el Convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda.
El 19 de diciembre de 2023, se formalizó una Adenda de Prórroga del citado Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio, al objeto de actualizar el contenido técnico y económico de los Anexos del mismo, incluyendo,
por un lado, la definición de nuevos programas en el marco de los planes y programas so-
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