Arroyomolinos (BOCM-20240820-30)
Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 337
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
30
ARROYOMOLINOS
En fecha 6 de agosto de 2024 por parte del alcalde se ha dictado decreto 2040, de nombramiento de personal eventual, que en su parte dispositiva dice como sigue:
“Primero.—Nombrar, por razón de confianza, como personal eventual de este Ayuntamiento, a don César Muñoz Mateos, con DNI ***4187**, para realizar funciones de confianza y/o asesoramiento especial como jefe de Gabinete de Alcaldía, sin perjuicio de que
se requiera su labor de confianza y asesoramiento en otras áreas de esta entidad con total
disponibilidad horaria, estando permanentemente localizable incluyendo tardes, fines de
semana y festivos.
Segundo.—A título meramente enunciativo, sus funciones son:
a) Administración y organización eficiente de la información.
b) Protocolo:
— Diseño y supervisión de normas de protocolo para eventos y actividades oficiales.
— Coordinación de ceremonias y actos públicos.
— Coordinación del personal eventual.
c) Supervisión y asignación de tareas al personal eventual:
— Aseguramiento del cumplimiento de objetivos y responsabilidades.
d) Configuración de pautas de gobierno:
— Desarrollo y seguimiento de directrices gubernamentales.
— Evaluación y ajuste de políticas según sea necesario.
— Coordinación del equipo de Gobierno.
e) Agendas y visitas:
— Planificación y gestión de agendas de trabajo y visitas oficiales de los concejales y el personal eventual.
— Coordinación de reuniones y eventos.
f) Relaciones con otros organismos:
— Establecimiento y mantenimiento de vínculos con entidades externas.
— Facilitación de la colaboración interinstitucional.
g) Equipos de desarrollo:
— Liderazgo y apoyo a equipos dedicados a proyectos de desarrollo.
— Monitoreo del progreso y resultados de proyectos.
h) Supervisión y seguimiento de las políticas municipales:
— Evaluación continua de la implementación de políticas municipales.
— Supervisión del cumplimiento y efectividad de las políticas en vigor.
Quedan vedadas para ellas las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten
en las funciones normales de la Administración Pública, bien en las externas de prestación y
policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa.
Tercero.—La persona nombrada podrá ser cesada o separada libremente por la Alcaldía en cualquier momento. Este personal eventual cesará automáticamente en todo caso
cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función
de confianza o asesoramiento.
Cuarto.—El nombramiento del personal eventual tendrá efecto desde el día 12 de
agosto de 2024.
Quinto.—Los nombramientos así conferidos serán publicados al menos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica y en el portal de transpa-
BOCM-20240820-30
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 337
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
30
ARROYOMOLINOS
En fecha 6 de agosto de 2024 por parte del alcalde se ha dictado decreto 2040, de nombramiento de personal eventual, que en su parte dispositiva dice como sigue:
“Primero.—Nombrar, por razón de confianza, como personal eventual de este Ayuntamiento, a don César Muñoz Mateos, con DNI ***4187**, para realizar funciones de confianza y/o asesoramiento especial como jefe de Gabinete de Alcaldía, sin perjuicio de que
se requiera su labor de confianza y asesoramiento en otras áreas de esta entidad con total
disponibilidad horaria, estando permanentemente localizable incluyendo tardes, fines de
semana y festivos.
Segundo.—A título meramente enunciativo, sus funciones son:
a) Administración y organización eficiente de la información.
b) Protocolo:
— Diseño y supervisión de normas de protocolo para eventos y actividades oficiales.
— Coordinación de ceremonias y actos públicos.
— Coordinación del personal eventual.
c) Supervisión y asignación de tareas al personal eventual:
— Aseguramiento del cumplimiento de objetivos y responsabilidades.
d) Configuración de pautas de gobierno:
— Desarrollo y seguimiento de directrices gubernamentales.
— Evaluación y ajuste de políticas según sea necesario.
— Coordinación del equipo de Gobierno.
e) Agendas y visitas:
— Planificación y gestión de agendas de trabajo y visitas oficiales de los concejales y el personal eventual.
— Coordinación de reuniones y eventos.
f) Relaciones con otros organismos:
— Establecimiento y mantenimiento de vínculos con entidades externas.
— Facilitación de la colaboración interinstitucional.
g) Equipos de desarrollo:
— Liderazgo y apoyo a equipos dedicados a proyectos de desarrollo.
— Monitoreo del progreso y resultados de proyectos.
h) Supervisión y seguimiento de las políticas municipales:
— Evaluación continua de la implementación de políticas municipales.
— Supervisión del cumplimiento y efectividad de las políticas en vigor.
Quedan vedadas para ellas las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten
en las funciones normales de la Administración Pública, bien en las externas de prestación y
policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa.
Tercero.—La persona nombrada podrá ser cesada o separada libremente por la Alcaldía en cualquier momento. Este personal eventual cesará automáticamente en todo caso
cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función
de confianza o asesoramiento.
Cuarto.—El nombramiento del personal eventual tendrá efecto desde el día 12 de
agosto de 2024.
Quinto.—Los nombramientos así conferidos serán publicados al menos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica y en el portal de transpa-
BOCM-20240820-30
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