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Convenio – Convenio de 29 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Caballo SVC, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 307
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Caballo SVC, S. L.: La gestión de
datos personales de los estudiantes en prácticas tendrá como finalidad el cumplimiento de las
obligaciones derivadas del presente convenio en orden a una adecuada gestión de las prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud a Caballo SVC, S. L., mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: caballo@caballo-services.com
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza Caballo SVC, S. L. como
responsable del tratamiento:
d Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del
convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas.
d Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño.
d Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: caballo@caballo-services.com .
d Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre
la política de privacidad de Caballo SVC, S. L. en www.caballo-services.com o
enviando un escrito a la dirección calle Ramón Azorín n.o 8, Bajo, 28047 Madrid.
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es
el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación,
gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras
Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y
universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”. Dispone de información complementaria
en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos .
Undécima
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas
designado por Caballo SVC, S. L. o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20240820-15
Comisión mixta de seguimiento del convenio
B.O.C.M. Núm. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 307
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Información sobre el tratamiento de datos que realiza Caballo SVC, S. L.: La gestión de
datos personales de los estudiantes en prácticas tendrá como finalidad el cumplimiento de las
obligaciones derivadas del presente convenio en orden a una adecuada gestión de las prácticas. Los alumnos podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
portabilidad y limitación del tratamiento dirigiendo una solicitud a Caballo SVC, S. L., mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: caballo@caballo-services.com
2) Datos personales de las personas físicas firmantes y de contacto:
Se informa a las partes que sus datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la relación convencional y favorecer la comunicación entre las partes.
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza Caballo SVC, S. L. como
responsable del tratamiento:
d Identificación del tratamiento: gestión de los datos de la persona firmante del
convenio y datos de las personas de contacto facilitados por la Administración
Pública para la gestión de las prácticas.
d Finalidad: gestión de las prácticas de alumnos matriculados en la Escuela Superior de Diseño.
d Ejercicio de derechos: Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a su tratamiento, mediante el envío de un correo a la siguiente dirección: caballo@caballo-services.com .
d Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre
la política de privacidad de Caballo SVC, S. L. en www.caballo-services.com o
enviando un escrito a la dirección calle Ramón Azorín n.o 8, Bajo, 28047 Madrid.
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Escuela Superior de Diseño: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada Convenios Administrativos, cuyo responsable es
el Director General de Enseñanzas Artísticas, y cuya finalidad es la tramitación,
gestión, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras
Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y
universidades públicas o con sujetos de derecho privado. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del
tratamiento dirigiendo una solicitud por Registro Electrónico o Registro Presencial o en los lugares y formas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia de protección de datos personales”. Dispone de información complementaria
en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos .
Undécima
Se crea una comisión mixta que llevará a cabo el seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. La comisión está
formada por la dirección de la Escuela Superior de Diseño y el responsable de las prácticas
designado por Caballo SVC, S. L. o las personas en que los mismos deleguen formalmente.
La comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio, de acuerdo con la legalidad aplicable.
La comisión adoptará sus decisiones de mutuo acuerdo, y las mismas se harán constar
en la correspondiente acta. En lo demás, en la medida que su composición lo permita, adaptará su régimen de funcionamiento a lo establecido en la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
BOCM-20240820-15
Comisión mixta de seguimiento del convenio