Collado Villalba (BOCM-20240814-49)
Urbanismo. Inmatriculación viales
17 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 193
MIÉRCOLES 14 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 191
su afectación al destino previsto en Plan Parcial de la Colonia Avenida de 1969 de Viales
Públicos y la ocupación los mismos.
(..) la superficie real física comprobada en los trabajos de campo de los viarios existentes es de 18.473,40 m2, que se desglosan en los siguientes viales (10) del cuadro adjunto y que en todo caso la realidad física coincide sensiblemente con la información catastral
disponible según se desprende de la colección de planos del estudio.
CALLE Nº
NOMBRE
SUPERFICIE m2.
1
CALLE PRADOS DEL CASTILLO
5.578,04
2
CALLE LAS ACACIAS
1.287,69
3
CALLE LAS MORERAS
1.238,45
4
CALLE LOS ÁLAMOS
859,418
5
CALLE LAURELES
560,967
6
CALLE LOS FRESNOS
3.365,51
7
CALLE LAS JARAS
270,828
8
CALLE LAS ENCINAS
2.791,11
9
CALLE LOS PINOS
1.562,37
10
CALLE LOS SAUCES
TOTAL CALLES COLONIA AVENIDA
959,026
18.473,40
Dar respuesta (explicación y/o justificación) a las discrepancias de m2 indicadas en el
certificado.
Se indicaba en el certificado del registro de la propiedad que existía una discrepancia
(en la información preliminar) entre la superficie real de viario a inmatricular definida por
el estudio topográfico y que coincide con la superficie catastral aproximada (19.246,23 m2)
respecto de superficie que indica el registro de la propiedad de 34.320,78 m2 (certificado
noviembre de 2023). Dicha diferencia según explica el documento elaborado por la consultora INGITEP, se deriva en que en la superficie del registro de la propiedad al realizar la
medición por medios electrónicos de la poligonal cerrada del perímetro de los viales quedan embebidos dos manzanas privativas de uso residencial (no viarios) que conforman unas
“islas” interiores a los viales sin ser superficie de los mismos. La revisión de la documentación gráfica anexa a esto explica claramente esta circunstancia.
La realidad física o material de los viales interiores de la Urbanización Colonia Avenida se encuentran documentados técnicamente en el Documento técnico elaborado por la
empresa INGITEP, SL (suscrito por técnico competente) fechado en marzo de 2024 que recopila y resume toda la información técnica necesaria (refunde el documento anterior de
mayo 2022 y lo amplia) para la descripción técnica.
Por tanto, a juicio del técnico que suscribe, la documentación técnica presentada por
la empresa INGITEP, SL es completa y suficiente para acreditar y describir la realidad física de los Viales interiores de la urbanización Colonia Avenida, aportando la documentación gráfica (planos georreferenciados), electrónica (archivos GML) y descriptiva (descripción literal y aclaración de discrepancias indicadas en el certificado del registro de la
propiedad.
Dicha información se aporta por duplicado: levantamiento topográfico exhaustivo de
campo de la realidad (física) e información disponible del registro de la propiedad. Ambas
documentaciones se aportan de modo gráfico (planos) y electrónico (listado de poligonales
puntos en GML) y a su vez superpuestas para determinar las posibles diferencias existentes. (…)
Tercero.—Ordenar la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMADRID otorgando plazo de audiencia e información pública de treinta días
a los efectos establecidos en el art. 31.2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística a los efectos de notificación a los titulares registrales y otros interesados.
Cuarto.—Ordenar la remisión al Registro de la Propiedad de Certificado emitido por
el Secretario General del acuerdo este acuerdo una vez transcurrido el plazo de audiencia a
los interesados.
Quinto.—Señalar que esta resolución administrativa en la que se acuerda la ocupación
unilateral de los viales no es susceptible de recurso alguno, administrativo o jurisdiccional,
salvo el posible recurso de revisión.
BOCM-20240814-49
MUNIDAD DE
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 193
MIÉRCOLES 14 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 191
su afectación al destino previsto en Plan Parcial de la Colonia Avenida de 1969 de Viales
Públicos y la ocupación los mismos.
(..) la superficie real física comprobada en los trabajos de campo de los viarios existentes es de 18.473,40 m2, que se desglosan en los siguientes viales (10) del cuadro adjunto y que en todo caso la realidad física coincide sensiblemente con la información catastral
disponible según se desprende de la colección de planos del estudio.
CALLE Nº
NOMBRE
SUPERFICIE m2.
1
CALLE PRADOS DEL CASTILLO
5.578,04
2
CALLE LAS ACACIAS
1.287,69
3
CALLE LAS MORERAS
1.238,45
4
CALLE LOS ÁLAMOS
859,418
5
CALLE LAURELES
560,967
6
CALLE LOS FRESNOS
3.365,51
7
CALLE LAS JARAS
270,828
8
CALLE LAS ENCINAS
2.791,11
9
CALLE LOS PINOS
1.562,37
10
CALLE LOS SAUCES
TOTAL CALLES COLONIA AVENIDA
959,026
18.473,40
Dar respuesta (explicación y/o justificación) a las discrepancias de m2 indicadas en el
certificado.
Se indicaba en el certificado del registro de la propiedad que existía una discrepancia
(en la información preliminar) entre la superficie real de viario a inmatricular definida por
el estudio topográfico y que coincide con la superficie catastral aproximada (19.246,23 m2)
respecto de superficie que indica el registro de la propiedad de 34.320,78 m2 (certificado
noviembre de 2023). Dicha diferencia según explica el documento elaborado por la consultora INGITEP, se deriva en que en la superficie del registro de la propiedad al realizar la
medición por medios electrónicos de la poligonal cerrada del perímetro de los viales quedan embebidos dos manzanas privativas de uso residencial (no viarios) que conforman unas
“islas” interiores a los viales sin ser superficie de los mismos. La revisión de la documentación gráfica anexa a esto explica claramente esta circunstancia.
La realidad física o material de los viales interiores de la Urbanización Colonia Avenida se encuentran documentados técnicamente en el Documento técnico elaborado por la
empresa INGITEP, SL (suscrito por técnico competente) fechado en marzo de 2024 que recopila y resume toda la información técnica necesaria (refunde el documento anterior de
mayo 2022 y lo amplia) para la descripción técnica.
Por tanto, a juicio del técnico que suscribe, la documentación técnica presentada por
la empresa INGITEP, SL es completa y suficiente para acreditar y describir la realidad física de los Viales interiores de la urbanización Colonia Avenida, aportando la documentación gráfica (planos georreferenciados), electrónica (archivos GML) y descriptiva (descripción literal y aclaración de discrepancias indicadas en el certificado del registro de la
propiedad.
Dicha información se aporta por duplicado: levantamiento topográfico exhaustivo de
campo de la realidad (física) e información disponible del registro de la propiedad. Ambas
documentaciones se aportan de modo gráfico (planos) y electrónico (listado de poligonales
puntos en GML) y a su vez superpuestas para determinar las posibles diferencias existentes. (…)
Tercero.—Ordenar la publicación de este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMADRID otorgando plazo de audiencia e información pública de treinta días
a los efectos establecidos en el art. 31.2 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística a los efectos de notificación a los titulares registrales y otros interesados.
Cuarto.—Ordenar la remisión al Registro de la Propiedad de Certificado emitido por
el Secretario General del acuerdo este acuerdo una vez transcurrido el plazo de audiencia a
los interesados.
Quinto.—Señalar que esta resolución administrativa en la que se acuerda la ocupación
unilateral de los viales no es susceptible de recurso alguno, administrativo o jurisdiccional,
salvo el posible recurso de revisión.
BOCM-20240814-49
MUNIDAD DE