C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240814-14)
Convocatoria mutua colaboradora –  Orden 2035/2024, de 7 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases que han de regir las condiciones para la selección de una mutua colaboradora con la seguridad social para la cobertura de las contingencias profesionales del personal al servicio de la administración de la Comunidad de Madrid, mediante la suscripción de un convenio de asociación
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B.O.C.M. Núm. 193

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE AGOSTO DE 2024

Contendrá la siguiente documentación:
Declaración responsable, según el contenido del Anexo III, acerca de los siguientes
aspectos:
Recursos personales y materiales:
A) Centros sanitarios que la mutua solicitante se compromete a adscribir a la ejecución del convenio de asociación con la Administración de la Comunidad de
Madrid:
— Número de centros ambulatorios propios situados en la Comunidad de
Madrid para medicina, enfermería, radiología y fisioterapia.
— Número de centros hospitalarios propios situados en la Comunidad de
Madrid.
— Número de centros propios situados en la Comunidad de Madrid con cobertura de asistencia 365 días al año, 24 horas.
B) Centros propios de atención y gestión de prestaciones económicas situados en la
Comunidad de Madrid que la mutua solicitante se compromete a adscribir a la ejecución del convenio de asociación con la Administración de la Comunidad de
Madrid:
— Número de centros propios en los que se preste un servicio de atención y gestión directa de prestaciones económicas.
C) Personal sanitario propio de la mutua colaboradora destinado en la Comunidad de
Madrid que la mutua solicitante se compromete a adscribir a la ejecución del convenio de asociación con la Administración de la Comunidad de Madrid:
— Número de profesionales sanitarios
D) Personal administrativo (no sanitario) propio de la mutua colaboradora destinado
en la Comunidad de Madrid que la mutua solicitante se compromete a adscribir a
la ejecución del convenio de asociación con la Administración de la Comunidad
de Madrid:
— Número de profesionales no sanitarios
Experiencia y volumen de actividad:
A) Oficina virtual para la gestión de las contingencias profesionales, mediante medios telemáticos, como herramienta complementaria a la atención presencial. Señalar SI o NO.
B) Línea de atención telefónica de tarificación gratuita para asistencia a usuarios y
urgencias. Entre otros servicios debe prestar servicio de urgencias médicas y traslados sanitarios las 24 horas del día los 365 días al año, así como información necesaria de la mutua que sea requerida por los empleados públicos de la Comunidad de Madrid. Señalar SI o NO.
C) Personal técnico de prevención de riesgos laborales propio de la mutua en la Comunidad de Madrid que se designe para ejecutar el convenio de asociación en lo relativo a las actividades preventivas reguladas por el Real Decreto 860/2018, de 13 de
julio, por el que se regulan las actividades preventivas de la acción protectora de la
Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
— Número de técnicos superiores de prevención de riesgos laborales.
D) ¿Oferta Gabinete de asistencia social propio en la Comunidad de Madrid, con presencia de personal con la titulación universitaria de Trabajo Social? Señalar SÍ o NO.
E) ¿Dispone de planes de readaptación y/o reinserción laboral de empleados con discapacidad reconocida? Señalar SÍ o NO.
F) ¿Dispone de certificación de Calidad por Madrid Excelente? Señalar SÍ o NO.
G) Demora de días naturales en prestar servicio: Aportar el Compromiso de Atención
especializada, rehabilitación y pruebas diagnósticas e Intervenciones quirúrgicas
planificadas indicado.
8.6.3. No será necesaria la constitución de garantía definitiva al estar garantizado el
cumplimiento de las Mutuas mediante la fianza establecida en el artículo 9.3 y 19 del Real
Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.

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BOCM-20240814-14

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