Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20240813-36)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 192
septiembre de 2022, subsanado con fecha 2 de noviembre de 2022, El Refugio Fotovoltaico, S. L. U., solicita modificar el alcance de su solicitud de fecha 2 de febrero de 2021, al
incorporar nuevas instalaciones modificadas en la tramitación del expediente.
Los anteproyectos modificados y añadidos al alcance del presente expediente son la
SET Colectora Méntrida 30/220 kV y la línea aérea-subterránea a 220 kV “SET Colectora
Méntrida-SET Villaviciosa (REE)”, ubicados en los términos municipales de Méntrida,
Valmojado, Villamanta, Navalcarnero, Móstoles y Villaviciosa de Odón, en las provincias
de Toledo y Madrid.
En la citada solicitud de fecha 19 de septiembre de 2022, el promotor refleja que, como
consecuencia de las respuestas a las consultas efectuadas, entre otros cambios, se plantea el
soterramiento y cambio de trazado de la línea aérea a 220 kV que conecta la SET Colectora Méntrida 220 kV con la SET Villaviciosa 220 kV (REE).
Dado que los cambios introducidos suponían nuevas afecciones de terrenos no contemplados en la solicitud inicial y modificaciones posteriores, el proyecto se sometió de
nuevo a información pública por petición expresa del promotor y por ser tenida por sustancial en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, y en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
En virtud de ello, con fecha 21 de marzo de 2023, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental emite escrito por el que se suspende el plazo para la formulación de
la declaración de impacto ambiental hasta la remisión del nuevo expediente de información
pública, al amparo del artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Posteriormente, con fechas 17 de mayo de 2023 y 30 de mayo de 2023, se reciben los
informes y expedientes de tramitación del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Guadalajara.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.—Con fecha 12 de julio de 2022
se remite a la Subdirección General de Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente
para inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 7 de marzo de 2024, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque solar fotovoltaico El Refugio y su infraestructura de evacuación asociada,
debido a que el proyecto no garantiza la conservación de los valores ambientales en su configuración original ni tras la modificación propuesta por los promotores. La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
— https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=“Boletín Oficial del Estado”-A-2024-5596
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
Quinto. Permisos de acceso y conexión.—El proyecto obtuvo permisos de acceso y
conexión a la red de distribución mediante la emisión de Informe de Viabilidad de Acceso
a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión
(ICCTC) e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en
la subestación Villaviciosa 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U.
Con fechas 19 de junio de 2023 para Refugio (35 MWp) y 25 de septiembre de 2023
para Refugio ampliación (90 MWp), tienen entrada en el Registro de este Ministerio escritos de Red Eléctrica de España, S. A. U., donde se comunica la caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real DecretoLey 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto. Trámite de audiencia.—Con fecha de 22 de marzo de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de
autorización administrativa previa del proyecto.
Con fecha de 7 de mayo de 2024, el promotor presenta alegaciones, en virtud de las
cuales manifiesta que la imposibilidad de obtener una declaración de impacto ambiental favorable en cumplimiento de los plazos establecidos por el Real Decreto-Ley 23/2020, de 23
de junio, fue causada por motivos ajenos al promotor, lo que, en definitiva, ha llevado desestimar su solicitud de autorización administrativa previa de su Proyecto, y en paralelo,
BOCM-20240813-36
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 192
septiembre de 2022, subsanado con fecha 2 de noviembre de 2022, El Refugio Fotovoltaico, S. L. U., solicita modificar el alcance de su solicitud de fecha 2 de febrero de 2021, al
incorporar nuevas instalaciones modificadas en la tramitación del expediente.
Los anteproyectos modificados y añadidos al alcance del presente expediente son la
SET Colectora Méntrida 30/220 kV y la línea aérea-subterránea a 220 kV “SET Colectora
Méntrida-SET Villaviciosa (REE)”, ubicados en los términos municipales de Méntrida,
Valmojado, Villamanta, Navalcarnero, Móstoles y Villaviciosa de Odón, en las provincias
de Toledo y Madrid.
En la citada solicitud de fecha 19 de septiembre de 2022, el promotor refleja que, como
consecuencia de las respuestas a las consultas efectuadas, entre otros cambios, se plantea el
soterramiento y cambio de trazado de la línea aérea a 220 kV que conecta la SET Colectora Méntrida 220 kV con la SET Villaviciosa 220 kV (REE).
Dado que los cambios introducidos suponían nuevas afecciones de terrenos no contemplados en la solicitud inicial y modificaciones posteriores, el proyecto se sometió de
nuevo a información pública por petición expresa del promotor y por ser tenida por sustancial en virtud de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, y en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
En virtud de ello, con fecha 21 de marzo de 2023, la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental emite escrito por el que se suspende el plazo para la formulación de
la declaración de impacto ambiental hasta la remisión del nuevo expediente de información
pública, al amparo del artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Posteriormente, con fechas 17 de mayo de 2023 y 30 de mayo de 2023, se reciben los
informes y expedientes de tramitación del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Guadalajara.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.—Con fecha 12 de julio de 2022
se remite a la Subdirección General de Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente
para inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 7 de marzo de 2024, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental desfavorable
para el parque solar fotovoltaico El Refugio y su infraestructura de evacuación asociada,
debido a que el proyecto no garantiza la conservación de los valores ambientales en su configuración original ni tras la modificación propuesta por los promotores. La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
— https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=“Boletín Oficial del Estado”-A-2024-5596
Analizada la documentación recibida, esta Dirección General de Política Energética y
Minas dicta la presente propuesta de resolución.
Quinto. Permisos de acceso y conexión.—El proyecto obtuvo permisos de acceso y
conexión a la red de distribución mediante la emisión de Informe de Viabilidad de Acceso
a la Red (IVA), así como Informe de Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión
(ICCTC) e Informe de Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en
la subestación Villaviciosa 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U.
Con fechas 19 de junio de 2023 para Refugio (35 MWp) y 25 de septiembre de 2023
para Refugio ampliación (90 MWp), tienen entrada en el Registro de este Ministerio escritos de Red Eléctrica de España, S. A. U., donde se comunica la caducidad de los permisos de acceso y conexión otorgados en aplicación de lo dispuesto en el Real DecretoLey 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en
otros ámbitos para la reactivación económica.
Sexto. Trámite de audiencia.—Con fecha de 22 de marzo de 2024 se notifica el trámite de audiencia sobre la propuesta de resolución por la que se desestima la solicitud de
autorización administrativa previa del proyecto.
Con fecha de 7 de mayo de 2024, el promotor presenta alegaciones, en virtud de las
cuales manifiesta que la imposibilidad de obtener una declaración de impacto ambiental favorable en cumplimiento de los plazos establecidos por el Real Decreto-Ley 23/2020, de 23
de junio, fue causada por motivos ajenos al promotor, lo que, en definitiva, ha llevado desestimar su solicitud de autorización administrativa previa de su Proyecto, y en paralelo,
BOCM-20240813-36
BOCM