D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240813-35)
Convenio – Convenio de colaboración de 23 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad Sierra Oeste, para el desarrollo en 2024 de actuaciones en materia de atención a personas mayores en soledad, en el marco de la Red de Atención a Mayores en Soledad de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 253
febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las
normas generales de derecho administrativo, a lo dispuesto en el capítulo sexto del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a
los principios de buena fe y administración, así como al ordenamiento jurídico en general.
Decimocuarta
Jurisdicción
BOCM-20240813-35
Las cuestiones litigiosas que se originen por la aplicación de este Convenio se dirimirán ante los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
Convenio de colaboración por ambas partes, siendo la fecha de formalización del mismo la
correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la
firma la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 23 de julio de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Mancomunidad Sierra Oeste, Carlota López Esteban.
B.O.C.M. Núm. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 253
febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como a las
normas generales de derecho administrativo, a lo dispuesto en el capítulo sexto del título
preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a
los principios de buena fe y administración, así como al ordenamiento jurídico en general.
Decimocuarta
Jurisdicción
BOCM-20240813-35
Las cuestiones litigiosas que se originen por la aplicación de este Convenio se dirimirán ante los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
Convenio de colaboración por ambas partes, siendo la fecha de formalización del mismo la
correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la
firma la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 23 de julio de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Presidenta de la Mancomunidad Sierra Oeste, Carlota López Esteban.