Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20240812-38)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 191
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 169
No serán tenidos en cuenta los méritos alegados, pero no acreditados documentalmente, en el momento de presentación de solicitudes.
A efectos de dicha acreditación, el trabajo realizado y/o la experiencia en el desarrollo
de las tareas y/o los niveles de cualificación técnica equivalentes al puesto de trabajo al que
se adscribirá cada plaza, se acreditarán mediante informes o certificados de las Administraciones Públicas o empresas en la que se indique el puesto de trabajo desempeñado, con
expresión del tiempo en que lo ha ocupado, la relación jurídica que se ha mantenido y las
tareas desarrolladas.
La antigüedad se acreditará mediante el correspondiente certificado de la vida laboral
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
A efectos de contabilidad, se computará un mes como 30 días naturales.
Los empleados públicos que posean una vinculación de servicio con el Ayuntamiento
de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago podrán consultar la documentación que posee el propio Ayuntamiento a fin de evitar la presentación de documentos que ya están en
disposición de la propia Institución. Esta consulta deberá realizarse antes de la presentación
de la solicitud para tomar parte del proceso selectivo.
5.1. Listado provisional de personas admitidas:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, en la que aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, que será publicada en el BOCM, y se hará pública en la dirección web
https://www.gargantillaypinilla.madrid
El mismo documento indicará la fecha, hora y lugar de inicio de las pruebas. En esa misma
resolución se publicará el nombramiento de las personas que componen el Tribunal calificador.
Con la publicación en los lugares indicados de la resolución que declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 LPAC.
5.2. Plazo de enmiendas, reclamación y subsanación:
Quienes formulen reclamaciones, enmiendas y/o rectificaciones, especialmente las
personas excluidas, así como las que no figuren en la relación de personas admitidas excluidas, dispondrán de un plazo de diez días (10) naturales, contados a partir del siguiente al de
la última publicación de la resolución del punto anterior entre las producidas en el BOCM,
a fin de presentar las mismas.
Las reclamaciones se dirigirán y se presentarán ante las personas y en los lugares que
se indican en la resolución señalada en la base 5.1.
5.3. Exclusión definitiva:
En el caso de que la persona interesada no subsane el defecto que haya motivado su
exclusión en el plazo indicado, se le tendrá por desistida de su solicitud, de conformidad
con lo que dispone el artículo 68 de la LPACAP, y, por ende, excluida definitivamente del
proceso selectivo.
5.4. Lista definitiva de admitidos y excluidos:
Una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas por el Ayuntamiento de Gargantilla
del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Institución,
en la dirección web https://www.gargantillaypinilla.madrid , así como en el BOCM.
Esta publicación sustituirá la notificación individual, de conformidad con la LPACAP.
En todo caso, una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, sin que se haya presentado ninguna, se debe considerar la lista
provisional de personas admitidas como lista definitiva.
Sexta. Tribunal calificador
6.1. Composición del Tribunal:
El Tribunal calificador tendrá la composición siguiente:
— Una presidencia.
— Cuatro vocales.
BOCM-20240812-38
Quinta. Admisión de aspirantes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 191
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 169
No serán tenidos en cuenta los méritos alegados, pero no acreditados documentalmente, en el momento de presentación de solicitudes.
A efectos de dicha acreditación, el trabajo realizado y/o la experiencia en el desarrollo
de las tareas y/o los niveles de cualificación técnica equivalentes al puesto de trabajo al que
se adscribirá cada plaza, se acreditarán mediante informes o certificados de las Administraciones Públicas o empresas en la que se indique el puesto de trabajo desempeñado, con
expresión del tiempo en que lo ha ocupado, la relación jurídica que se ha mantenido y las
tareas desarrolladas.
La antigüedad se acreditará mediante el correspondiente certificado de la vida laboral
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
A efectos de contabilidad, se computará un mes como 30 días naturales.
Los empleados públicos que posean una vinculación de servicio con el Ayuntamiento
de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago podrán consultar la documentación que posee el propio Ayuntamiento a fin de evitar la presentación de documentos que ya están en
disposición de la propia Institución. Esta consulta deberá realizarse antes de la presentación
de la solicitud para tomar parte del proceso selectivo.
5.1. Listado provisional de personas admitidas:
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, en la que aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, que será publicada en el BOCM, y se hará pública en la dirección web
https://www.gargantillaypinilla.madrid
El mismo documento indicará la fecha, hora y lugar de inicio de las pruebas. En esa misma
resolución se publicará el nombramiento de las personas que componen el Tribunal calificador.
Con la publicación en los lugares indicados de la resolución que declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, se considerará efectuada la correspondiente notificación a las personas interesadas, a los efectos que dispone el artículo 45 LPAC.
5.2. Plazo de enmiendas, reclamación y subsanación:
Quienes formulen reclamaciones, enmiendas y/o rectificaciones, especialmente las
personas excluidas, así como las que no figuren en la relación de personas admitidas excluidas, dispondrán de un plazo de diez días (10) naturales, contados a partir del siguiente al de
la última publicación de la resolución del punto anterior entre las producidas en el BOCM,
a fin de presentar las mismas.
Las reclamaciones se dirigirán y se presentarán ante las personas y en los lugares que
se indican en la resolución señalada en la base 5.1.
5.3. Exclusión definitiva:
En el caso de que la persona interesada no subsane el defecto que haya motivado su
exclusión en el plazo indicado, se le tendrá por desistida de su solicitud, de conformidad
con lo que dispone el artículo 68 de la LPACAP, y, por ende, excluida definitivamente del
proceso selectivo.
5.4. Lista definitiva de admitidos y excluidos:
Una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas por el Ayuntamiento de Gargantilla
del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Institución,
en la dirección web https://www.gargantillaypinilla.madrid , así como en el BOCM.
Esta publicación sustituirá la notificación individual, de conformidad con la LPACAP.
En todo caso, una vez finalizado el plazo de presentación de rectificaciones y/o enmiendas y/o subsanaciones, sin que se haya presentado ninguna, se debe considerar la lista
provisional de personas admitidas como lista definitiva.
Sexta. Tribunal calificador
6.1. Composición del Tribunal:
El Tribunal calificador tendrá la composición siguiente:
— Una presidencia.
— Cuatro vocales.
BOCM-20240812-38
Quinta. Admisión de aspirantes