D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20240812-22)
Convenio – Convenio de 30 de mayo de 2024, entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para la colaboración en materia de salvamentos en caso de siniestros o situaciones de emergencia por medio de unidades caninas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 112
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
declaración escrita de aptitud para este tipo de intervención por parte del responsable de la
Agrupación).
2. La incorporación de los binomios a las intervenciones de este convenio, conllevará una formación continua entre los miembros de la AVPC y el CBCM de intercambio de
conocimientos y de procedimiento de trabajo durante la vigencia del Convenio, que será
bianualmente y en cualquier momento cuando así se estime entre las partes, pudiéndose colaborar en la formación de los miembros del CBCM sobre búsqueda canina.
3. Se contempla la situación de “No operatividad” del Grupo de Intervención de la
Agrupación por causa de formación de todo el operativo u otros motivos programados, por
causa de fuerza mayor o circunstancias sobrevenidas, debiendo ser notificada esta situación a
la mayor brevedad posible desde que se tenga conocimiento e informándose del tiempo de duración de la misma. En caso de que la situación sea o pudiera ser prolongada en el tiempo, más
de 15 días, deberá ser valorada por la Comisión Mixta prevista en este Convenio.
Séptima
Protocolos de funcionamiento
Las partes intervinientes en el convenio establecerán protocolos de intervención entre
los responsables técnicos de la AVPC Agrupación y los responsables de los grupos operativos del CBCM y del ERICAM, con el fin de definir las circunstancias de activación, movilización, e intervención de los mismos. Dichos protocolos se aprobarán en la comisión de
seguimiento.
Octava
Activación
1. La activación de la unidad canina de la AVPC se realizará a través del centro de
coordinación operativa (CECOP) del CBCM, a solicitud del jefe de guardia del CBCM o
del responsable del ERICAM, al teléfono de guardia facilitado por la AVPC.
2. En el supuesto de movilización internacional con el ERICAM el personal de la AVPC
deberá superar el control sanitario exigido a los integrantes de la misión que vaya a ser desplegada.
3. Desde la solicitud de activación, el tiempo de respuesta de la AVPC será de:
a) 180 minutos para llegar a la sede ASEM112 en Las Rozas de Madrid, en el caso de
solicitud para el ERICAM.
b) 90 minutos en clave 2 para iniciar el desplazamiento al lugar del siniestro (Clave 2)
o 120 minutos para llegar al lugar del siniestro (Clave 3), en el caso de solicitud
para el CBCM.
Novena
Desarrollo de la operación
1. Una vez desplegados, se integrarán en la estructura operativa determinada, bajo las
órdenes del responsable operativo del equipo desplegado del ERICAM o del CBCM.
2. Movilizado el Grupo de Intervención de la Agrupación a un siniestro dentro de la
Comunidad de Madrid, informará de su estatus operativo a CECOP, y actuará en el lugar
del siniestro bajo las órdenes del Jefe de Intervención de CBCM, según los protocolos de
intervención que se establezcan conjuntamente, realizando única y exclusivamente, funciones de localización de víctimas.
Prácticas y acciones formativas
1. Los miembros de la AVPC realizarán prácticas periódicas, maniobras, simulacros
y actividades programadas junto a los miembros del CBCM o del ERICAM en lugar y fecha a determinar por ambas partes. Para ello podrán hacer uso de las instalaciones de ambas organizaciones, siempre que no interfieran en el normal funcionamiento de dichas organizaciones las mismas y cuenten con la autorización del responsable de las instalaciones
de las que se vaya a hacer uso. En todo caso, los miembros de ambas organizaciones trabajarán bajo su responsabilidad y cubiertos por sus respectivos seguros.
BOCM-20240812-22
Décima
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 112
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 191
declaración escrita de aptitud para este tipo de intervención por parte del responsable de la
Agrupación).
2. La incorporación de los binomios a las intervenciones de este convenio, conllevará una formación continua entre los miembros de la AVPC y el CBCM de intercambio de
conocimientos y de procedimiento de trabajo durante la vigencia del Convenio, que será
bianualmente y en cualquier momento cuando así se estime entre las partes, pudiéndose colaborar en la formación de los miembros del CBCM sobre búsqueda canina.
3. Se contempla la situación de “No operatividad” del Grupo de Intervención de la
Agrupación por causa de formación de todo el operativo u otros motivos programados, por
causa de fuerza mayor o circunstancias sobrevenidas, debiendo ser notificada esta situación a
la mayor brevedad posible desde que se tenga conocimiento e informándose del tiempo de duración de la misma. En caso de que la situación sea o pudiera ser prolongada en el tiempo, más
de 15 días, deberá ser valorada por la Comisión Mixta prevista en este Convenio.
Séptima
Protocolos de funcionamiento
Las partes intervinientes en el convenio establecerán protocolos de intervención entre
los responsables técnicos de la AVPC Agrupación y los responsables de los grupos operativos del CBCM y del ERICAM, con el fin de definir las circunstancias de activación, movilización, e intervención de los mismos. Dichos protocolos se aprobarán en la comisión de
seguimiento.
Octava
Activación
1. La activación de la unidad canina de la AVPC se realizará a través del centro de
coordinación operativa (CECOP) del CBCM, a solicitud del jefe de guardia del CBCM o
del responsable del ERICAM, al teléfono de guardia facilitado por la AVPC.
2. En el supuesto de movilización internacional con el ERICAM el personal de la AVPC
deberá superar el control sanitario exigido a los integrantes de la misión que vaya a ser desplegada.
3. Desde la solicitud de activación, el tiempo de respuesta de la AVPC será de:
a) 180 minutos para llegar a la sede ASEM112 en Las Rozas de Madrid, en el caso de
solicitud para el ERICAM.
b) 90 minutos en clave 2 para iniciar el desplazamiento al lugar del siniestro (Clave 2)
o 120 minutos para llegar al lugar del siniestro (Clave 3), en el caso de solicitud
para el CBCM.
Novena
Desarrollo de la operación
1. Una vez desplegados, se integrarán en la estructura operativa determinada, bajo las
órdenes del responsable operativo del equipo desplegado del ERICAM o del CBCM.
2. Movilizado el Grupo de Intervención de la Agrupación a un siniestro dentro de la
Comunidad de Madrid, informará de su estatus operativo a CECOP, y actuará en el lugar
del siniestro bajo las órdenes del Jefe de Intervención de CBCM, según los protocolos de
intervención que se establezcan conjuntamente, realizando única y exclusivamente, funciones de localización de víctimas.
Prácticas y acciones formativas
1. Los miembros de la AVPC realizarán prácticas periódicas, maniobras, simulacros
y actividades programadas junto a los miembros del CBCM o del ERICAM en lugar y fecha a determinar por ambas partes. Para ello podrán hacer uso de las instalaciones de ambas organizaciones, siempre que no interfieran en el normal funcionamiento de dichas organizaciones las mismas y cuenten con la autorización del responsable de las instalaciones
de las que se vaya a hacer uso. En todo caso, los miembros de ambas organizaciones trabajarán bajo su responsabilidad y cubiertos por sus respectivos seguros.
BOCM-20240812-22
Décima