D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240812-12)
Convenio – Convenio de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Confederación Empresarial de Madrid CEIM-CEOE, en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones que contribuyan a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid en los años 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
12
CONVENIO de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Confederación Empresarial de Madrid
CEIM-CEOE, en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social
de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones que contribuyan
a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid
en los años 2024-2025.
En Madrid, a 21 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; así como por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don Miguel Jesús Garrido de la Cierva, con DNI *****184-J, como
presidente de la Confederación Empresarial de Madrid CEIM–CEOE, según lo dispuesto en
la copia de escritura de revocación de poderes y poder, autorizada por el notario del Ilustre
Colegio de Madrid don Antonio de la Esperanza Rodríguez, con fecha 12 de julio de 2023,
con el número 3.523 de su Protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y
EXPONEN
La Comunidad de Madrid tiene, según el artículo 26.3.1.1 del propio Estatuto de Autonomía, la competencia exclusiva sobre la ordenación y planificación de la actividad económica regional. En el ejercicio de dicha competencia, según el apartado 2 del citado precepto, le corresponde la potestad legislativa, reglamentaria y la función ejecutiva, que se
ejercerán respetando lo dispuesto en la Constitución Española, así como la planificación de
la actividad económica general en el desempeño de las competencias asumidas. Dichas competencias se ejercen a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la que corresponde el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas
del gobierno en materias tales como la planificación económica, fomento del desarrollo económico, el empleo, autoempleo, economía social y responsabilidad social de las empresas,
entre otras, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad
de Madrid, así como en Decreto 230/2023 de 6 septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
BOCM-20240812-12
Primero
B.O.C.M. Núm. 191
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
12
CONVENIO de 21 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Confederación Empresarial de Madrid
CEIM-CEOE, en su condición de miembro del Consejo para el Diálogo Social
de la Comunidad de Madrid, para la realización de actuaciones que contribuyan
a la promoción del desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid
en los años 2024-2025.
En Madrid, a 21 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en el ejercicio de las
competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, en relación con el artículo 3 del Decreto 38/2023,
de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/2023,
de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid; así como por la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, don Miguel Jesús Garrido de la Cierva, con DNI *****184-J, como
presidente de la Confederación Empresarial de Madrid CEIM–CEOE, según lo dispuesto en
la copia de escritura de revocación de poderes y poder, autorizada por el notario del Ilustre
Colegio de Madrid don Antonio de la Esperanza Rodríguez, con fecha 12 de julio de 2023,
con el número 3.523 de su Protocolo.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente convenio y
EXPONEN
La Comunidad de Madrid tiene, según el artículo 26.3.1.1 del propio Estatuto de Autonomía, la competencia exclusiva sobre la ordenación y planificación de la actividad económica regional. En el ejercicio de dicha competencia, según el apartado 2 del citado precepto, le corresponde la potestad legislativa, reglamentaria y la función ejecutiva, que se
ejercerán respetando lo dispuesto en la Constitución Española, así como la planificación de
la actividad económica general en el desempeño de las competencias asumidas. Dichas competencias se ejercen a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a la que corresponde el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas
del gobierno en materias tales como la planificación económica, fomento del desarrollo económico, el empleo, autoempleo, economía social y responsabilidad social de las empresas,
entre otras, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad
de Madrid, así como en Decreto 230/2023 de 6 septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
BOCM-20240812-12
Primero