D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240810-14)
Convenio –  Convenio de 23 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Tenis de Madrid, para el desarrollo del Programa de Tecnificación de Tenis en el Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Tenis de la Comunidad de Madrid, gestionado por esta Federación
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BOCM
Pág. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 190

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
14

CONVENIO de 23 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Tenis de
Madrid, para el desarrollo del Programa de Tecnificación de Tenis en el
Centro Especializado de Tecnificación Deportiva de Tenis de la Comunidad
de Madrid, gestionado por esta Federación.
En Madrid, a 23 de julio de 2024.
REUNIDOS

De una parte, D. Alberto Tomé González, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de lo establecido
en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid; el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, y en la Orden 1389/2021, del 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y en virtud
de su nombramiento como Director General de Deportes por Decreto 173/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno.
De otra parte, D. Juan Luis Rascón Lope, Presidente de la Federación de Tenis de
Madrid, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el
número 18, en calidad de Presidente de la misma en virtud de su nombramiento, efectuado
con fecha 15 de marzo de 2024, y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en el
artículo 46 de los Estatutos Sociales.
Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse
en el presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Primero
Que el desarrollo del deporte ha entrado en un proceso de tecnificación que exige aplicar en todos los niveles y ámbitos unas bases científicas y técnicas rigurosas. Para llegar a
crear una élite deportiva, es necesario disponer de un contexto idóneo para el desarrollo y
perfeccionamiento de los deportistas, así como de instalaciones y medios técnicos, científicos, pedagógicos y, en particular, de aquellas condiciones que inciden en la mejora de las
prestaciones deportivas.

Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno, entre otras, en materia de deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las
competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas
públicas del Gobierno en materia de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Tercero
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.u) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, corresponde a la Dirección General de Deportes el impulso y propuesta de crea-

BOCM-20240810-14

Segundo