B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240809-19)
Regulación personal docente – Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrige error material en la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
Donde dice:
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la Comunidad de Madrid con
una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y
no haber decaído de listas el día 30 de junio de 2023.
1 punto
Debe decir:
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la Comunidad de Madrid con
una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y
no haber decaído de listas el día 30 de junio de 2024.
1 punto
Esta corrección no implica ninguna modificación de las listas de aspirantes a interinidad para el curso 2024-2025 publicadas por las Resoluciones de la Dirección General de
Recursos Humanos de 17 de julio de 2024 y de 29 de julio de 2024.
Las puntuaciones de las listas publicadas son correctas, cumpliendo lo establecido en
el Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación
del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Recursos
BOCM-20240809-19
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta
Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la
Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Madrid, a 2 de agosto de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/12.931/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 189
Donde dice:
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la Comunidad de Madrid con
una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y
no haber decaído de listas el día 30 de junio de 2023.
1 punto
Debe decir:
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la Comunidad de Madrid con
una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y
no haber decaído de listas el día 30 de junio de 2024.
1 punto
Esta corrección no implica ninguna modificación de las listas de aspirantes a interinidad para el curso 2024-2025 publicadas por las Resoluciones de la Dirección General de
Recursos Humanos de 17 de julio de 2024 y de 29 de julio de 2024.
Las puntuaciones de las listas publicadas son correctas, cumpliendo lo establecido en
el Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación
del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Recursos
BOCM-20240809-19
De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta
Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la
Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Madrid, a 2 de agosto de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/12.931/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791