B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240809-19)
Regulación personal docente – Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrige error material en la Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
19
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrige error material en la Resolución de 10 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en
régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros,
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de
Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid.
El Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección
de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 9 del mencionado Acuerdo se establecen los criterios de ordenación de
los integrantes de las listas de aspirantes a interinidad, estableciéndose en el apartado 2.2
que se otorgará 1 punto de baremo a aquellos aspirantes que hayan trabajado previamente
en la Comunidad de Madrid, y no hayan decaído de listas el día 30 de junio del curso anterior a la formación de la lista. Se entenderá que han trabajado previamente aquellos aspirantes que hayan tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no
universitario en la Comunidad de Madrid con una duración total igual o superior a cinco
meses y medio en un mismo curso escolar en los últimos seis cursos.
Habiéndose advertido error material en el Anexo II Baremo para la valoración de méritos de los integrantes de las listas para la provisión de plazas en régimen de interinidad de
las especialidades de los cuerpos docentes no universitarios, de la Resolución de 10 de
mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen
de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas
en sectores singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de
Madrid, se procede a la subsanación del mismo.
Esta Dirección General de Recursos Humanos, en uso de las competencias que tiene
atribuidas por Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, y en virtud de
lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVE
Se procede a corregir el error material detectado en el Anexo II de la Resolución de 10
de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la
formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores
y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad
de Madrid.
BOCM-20240809-19
Primero
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VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
19
RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se corrige error material en la Resolución de 10 de mayo de 2024,
de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en
régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros,
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de
Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid.
El Acuerdo de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección
de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
En el artículo 9 del mencionado Acuerdo se establecen los criterios de ordenación de
los integrantes de las listas de aspirantes a interinidad, estableciéndose en el apartado 2.2
que se otorgará 1 punto de baremo a aquellos aspirantes que hayan trabajado previamente
en la Comunidad de Madrid, y no hayan decaído de listas el día 30 de junio del curso anterior a la formación de la lista. Se entenderá que han trabajado previamente aquellos aspirantes que hayan tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no
universitario en la Comunidad de Madrid con una duración total igual o superior a cinco
meses y medio en un mismo curso escolar en los últimos seis cursos.
Habiéndose advertido error material en el Anexo II Baremo para la valoración de méritos de los integrantes de las listas para la provisión de plazas en régimen de interinidad de
las especialidades de los cuerpos docentes no universitarios, de la Resolución de 10 de
mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen
de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas
en sectores singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y
Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de
Madrid, se procede a la subsanación del mismo.
Esta Dirección General de Recursos Humanos, en uso de las competencias que tiene
atribuidas por Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, y en virtud de
lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVE
Se procede a corregir el error material detectado en el Anexo II de la Resolución de 10
de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la
formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores
y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad
de Madrid.
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