Alcorcón (BOCM-20240809-74)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 273
BOCM-20240809-74
Concejalía a la que este Decreto se refiere. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, que son obligados por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.8. Indistintamente con el coordinador general de Servicios a la Ciudad, Desarrollo
Económico y Oportunidades de Inversión, las facultades necesarias para efectuar la petición de documentación, incluidas licencias, solicitudes, permisos, certificaciones, autorizaciones, etc., ante cualquier Administración: Estatal, Autonómica, Local e Institucional, así
como ante cualquier entidad privada, cuando sea procedente, en relación a las actividades
y expedientes que sean propios de la Concejalía a la que este decreto se refiere.
1.9. Las facultades precisas para ordenar la expedición de Certificaciones y otorgar
a las mismas el V.° B.° de todos los actos y resoluciones que emanen de la Concejalía-Delegada de la que es titular o que haga referencia a asuntos relativos a la misma.
1.10. La designación nominativa de los miembros de los Jurados y Comisiones de
Calificación para la concesión de cualquier beneficio, ayudas y premios que vayan a ser
gestionados por esta Concejalía, previa aprobación de las bases que deberán ser propuestas
por dicha Concejalía y aprobadas por la Junta de Gobierno Local.
1.11. Las facultades necesarias para ejercer la coordinación del Ayuntamiento con la
Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón, Sociedad Anónima Unipersonal (SAU)
(ESMASA). Estas facultades podrán ser ejercidas indistintamente con el Coordinador General de Servicios a la Ciudad, Desarrollo Económico y Oportunidades de Inversión.
Segundo.—El presente decreto deja sin efecto los decretos de la alcaldesa–presidenta
de 11 de julio de 2023 y cualquier otro anterior que se oponga a lo dispuesto en este.
Tercero.—El presente decreto se notificará personalmente al interesado. Sin perjuicio
de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID a los efectos legales pertinentes”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 31 de julio de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/12.717/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 273
BOCM-20240809-74
Concejalía a la que este Decreto se refiere. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, que son obligados por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.8. Indistintamente con el coordinador general de Servicios a la Ciudad, Desarrollo
Económico y Oportunidades de Inversión, las facultades necesarias para efectuar la petición de documentación, incluidas licencias, solicitudes, permisos, certificaciones, autorizaciones, etc., ante cualquier Administración: Estatal, Autonómica, Local e Institucional, así
como ante cualquier entidad privada, cuando sea procedente, en relación a las actividades
y expedientes que sean propios de la Concejalía a la que este decreto se refiere.
1.9. Las facultades precisas para ordenar la expedición de Certificaciones y otorgar
a las mismas el V.° B.° de todos los actos y resoluciones que emanen de la Concejalía-Delegada de la que es titular o que haga referencia a asuntos relativos a la misma.
1.10. La designación nominativa de los miembros de los Jurados y Comisiones de
Calificación para la concesión de cualquier beneficio, ayudas y premios que vayan a ser
gestionados por esta Concejalía, previa aprobación de las bases que deberán ser propuestas
por dicha Concejalía y aprobadas por la Junta de Gobierno Local.
1.11. Las facultades necesarias para ejercer la coordinación del Ayuntamiento con la
Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón, Sociedad Anónima Unipersonal (SAU)
(ESMASA). Estas facultades podrán ser ejercidas indistintamente con el Coordinador General de Servicios a la Ciudad, Desarrollo Económico y Oportunidades de Inversión.
Segundo.—El presente decreto deja sin efecto los decretos de la alcaldesa–presidenta
de 11 de julio de 2023 y cualquier otro anterior que se oponga a lo dispuesto en este.
Tercero.—El presente decreto se notificará personalmente al interesado. Sin perjuicio
de su inmediata ejecutividad, se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID a los efectos legales pertinentes”.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 31 de julio de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/12.717/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791