Villanueva de Perales (BOCM-20240809-107)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 189

superado este, sí hayan obtenido la puntuación de 50 puntos, ordenados según dicha puntuación obtenida.
Los llamamientos se realizarán respetando el orden de prelación que vendrá determinado por la suma de la puntuación obtenida. El llamamiento a los candidatos se efectuará
por orden de prelación (de mayor a menor) y de forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes nombrados, estos no podrán repetir.
La falta de aceptación del nombramiento sin causa justificada o la renuncia al mismo
una vez se haya tomado posesión del puesto a cubrir, supondrá la penalización correspondiente en la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:
— Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
— Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
— Ejercicio de cargo público representativo o de empleo público que imposibilite la
asistencia al trabajo.
Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de cuatro años.
14. Comunicaciones e incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme al artículo 46
de la Ley 9/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En lo no previsto en las bases, será de aplicación la normativa aplicable citada en la
base segunda.

BOCM-20240809-107

Pág. 342

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID