C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240809-36)
Convocatoria subvenciones –  Orden 2431/2024, de 5 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores materiales en la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 129

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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ORDEN 2431/2024, de 5 de agosto, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se corrigen errores materiales en la Orden 2356/2024,
de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la
que se convocan para 2024 subvenciones de proyectos sociales destinadas a la
realización de programas de interés general considerados de interés social, con
cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100
de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan
Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La presente orden se dicta en base a la “memoria de corrección de errores de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para 2024 de las subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general
considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de
Madrid, al 0,7 por 100 de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid”, aprobada por
el Director General de Servicios Sociales e Integración con fecha 5 de agosto de 2024.
Mediante la Orden 2356/2024, de 24 de julio, se aprobó la convocatoria para 2024 de
las subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés
general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y
de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 184, de 3 de agosto,
y habiéndose detectado errores materiales en alguno de sus artículos, es preciso proceder a
su rectificación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
DISPONGO

Proceder a la corrección de errores materiales advertidos en la Orden 2356/2024, de 24 de
julio, por la que se convocan para 2024 subvenciones de proyectos sociales destinadas a la
realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los
presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 de los Impuestos sobre
la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la
Comunidad de Madrid, en los siguientes términos:
1. En el dispongo sexto apartado 1, letra b), donde dice:
“b) La actividad subvencionada no sea financiada también mediante un contrato o
convenio suscrito con una Administración Pública, para lo cual se cumplimentará una declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad, indicando este extremo, según anexo 3”.
Debe decir:
“b) La actividad subvencionada no sea financiada también mediante un contrato suscrito con una Administración Pública, para lo cual se cumplimentará una declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad, indicando este extremo, según
anexo 3”.

BOCM-20240809-36

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