D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240809-37)
Convenio – Adenda de 23 de julio de 2024, por la que se modifica y prorroga el convenio de 2 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 650.000 euros, para la creación y gestión de una oficina de rehabilitación dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiada con fondos Next Generation de la Unión Europea
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 137
despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el
mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el
apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto,
o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en
cualquier circunstancia o lugar».
Segundo
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder,
no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en
los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda,
ni en cualquier otro de los previstos en el presente documento que pueda afectar al procedimiento
de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación,
sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier
momento del procedimiento en curso.
Cuarto
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea
falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la
normativa de aplicación.
BOCM-20240809-37
(Fecha y firma, nombre completo y DNI) (Utilizar preferentemente sistema electrónico de firma)
B.O.C.M. Núm. 189
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VIERNES 9 DE AGOSTO DE 2024
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despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el
mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el
apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto,
o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en
cualquier circunstancia o lugar».
Segundo
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder,
no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en
los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda,
ni en cualquier otro de los previstos en el presente documento que pueda afectar al procedimiento
de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación,
sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier
momento del procedimiento en curso.
Cuarto
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea
falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la
normativa de aplicación.
BOCM-20240809-37
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