Coslada (BOCM-20240807-41)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 187
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 9 de
julio 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar de bases especificas para la selección de siete plazas de Policía
Local, de acuerdo con la oferta de empleo público 2023, quedando redactadas de la siguiente manera:
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA
DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER PLAZAS DE POLICÍA
DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA
1.1. Objeto.—Las presentes bases regulan las especificidades de los procesos selectivos para proveer, por turno libre, siete plazas de la categoría de Policía del Cuerpo
de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
La determinación del número plazas se realizará en la oportuna convocatoria y a ellas
podrán sumarse las vacantes que se puedan producir en esta categoría antes de la finalización del proceso selectivo.
1.2. Normativa aplicable.—Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido
en estas bases y, en su defecto, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas
y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública; en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que sean de aplicación, sin perjuicio de lo dispuesto
en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad
de Madrid, en el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y con
carácter supletorio en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Así como lo dispuesto en las Bases Generales aprobadas en Junta de Gobierno Local de 4 de octubre de 2022, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 248, de 18 de octubre de 2022, y número 47, de 24 de febrero
de 2023, que regirán cuantos aspectos no queden regulados en la legislación específica
mencionada en el párrafo anterior y en las presentes bases.
Las presentes bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato ente mujeres
y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución y a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
Mujeres y Hombres.
1.3. Características de las plazas.—Las plazas convocadas corresponden al Grupo C,
Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en relación con la disposición transitoria tercera de dicha Ley y están encuadradas
en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía
Local, categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
BOCM-20240807-41
1. Ámbito de aplicación y normas generales
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE AGOSTO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 187
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
41
COSLADA
OFERTAS DE EMPLEO
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 9 de
julio 2024, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar de bases especificas para la selección de siete plazas de Policía
Local, de acuerdo con la oferta de empleo público 2023, quedando redactadas de la siguiente manera:
BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONVOCATORIA
DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVEER PLAZAS DE POLICÍA
DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE COSLADA
1.1. Objeto.—Las presentes bases regulan las especificidades de los procesos selectivos para proveer, por turno libre, siete plazas de la categoría de Policía del Cuerpo
de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
La determinación del número plazas se realizará en la oportuna convocatoria y a ellas
podrán sumarse las vacantes que se puedan producir en esta categoría antes de la finalización del proceso selectivo.
1.2. Normativa aplicable.—Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido
en estas bases y, en su defecto, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público; en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas
y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública; en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que sean de aplicación, sin perjuicio de lo dispuesto
en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad
de Madrid, en el Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y con
carácter supletorio en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Así como lo dispuesto en las Bases Generales aprobadas en Junta de Gobierno Local de 4 de octubre de 2022, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 248, de 18 de octubre de 2022, y número 47, de 24 de febrero
de 2023, que regirán cuantos aspectos no queden regulados en la legislación específica
mencionada en el párrafo anterior y en las presentes bases.
Las presentes bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato ente mujeres
y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución y a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de
Mujeres y Hombres.
1.3. Características de las plazas.—Las plazas convocadas corresponden al Grupo C,
Subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, en relación con la disposición transitoria tercera de dicha Ley y están encuadradas
en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía
Local, categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
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1. Ámbito de aplicación y normas generales