B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240806-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1993/2024, de 12 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 186

las cinco siguientes a los Temas 7 al 11, y las tres restantes correspondientes a los
temas 12 al 16.
— Las siguientes sesenta y cuatro preguntas (64) versarán sobre el conjunto del temario específico del programa.
Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una
de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o
con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco
minutos.
3.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas,
deberán desarrollar por escrito dos temas extraídos al azar por el tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa recogido en el Anexo de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente
distribución:
— El primer tema se extraerá de los bloques I, II y III del temario específico del
programa.
— El segundo tema se extraerá del bloque IV del temario específico del programa.
Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura a cualquier
miembro del tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos
no usuales en el lenguaje escrito.
Este ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el tribunal, que
valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad
de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. El tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados.
3.3. Tercer ejercicio: Las personas aspirantes realizarán por escrito un supuesto
práctico propuesto por el Tribunal, que versarán sobre el temario específico del programa
recogido en el Anexo de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:
— Primera parte: diez preguntas que versarán sobre los Bloques I, II, y III.
— Segunda parte: diez preguntas que versarán sobre el Bloque IV.
Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas,
las personas aspirantes podrán acudir provistas de la documentación y, en su caso,
del material que el Tribunal pudiera determinar, a tal efecto, en la convocatoria de
dicho ejercicio.
Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura a cualquier
miembro del tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos
no usuales en el lenguaje escrito.
Este ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones
prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos
conocimientos, el rigor analítico, la sistemática, la claridad y orden de ideas a fin
de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico, su forma de presentación y exposición, pudiendo iniciar el Tribunal a continuación de esta lectura un dialogo con las personas aspirantes durante un tiempo
máximo de quince minutos.
4. Por parte del tribunal calificador se garantizará en los llamamientos realizados,
para la lectura posterior de exámenes realizados por las personas participantes que componen la fase de oposición de esta convocatoria que, en cada llamamiento, se incluya un número mínimo de cuatro opositores por sesión, atendiendo a los criterios contenidos en el artículo 63.1 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
A efectos de calcular, en cada caso, el número de personas aspirantes por llamamiento a partir del mínimo recogido en el párrafo anterior, se tomará como referencia la celebración de sesiones con una duración igual o superior a cuatro horas.
Asimismo, en razón de las características y la duración de cada una de las lecturas, la
Dirección General competente en materia de Función Pública podrá modificar el citado número, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del órgano de selección.

BOCM-20240806-2

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