B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240806-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1993/2024, de 12 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 186

5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este
proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la
base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el campo Observaciones del pago de la Tasa, “Acceso Técnicos Esp., Esc. de Gest. de Empleo, de Admon.Especial, A2”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar
en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por
derechos de examen de los procesos selectivos que se deriven formación de lista espera o
bolsa trabajo correspondiente a la Titulación Subgrupo A2/Grupo Profesional II, y que asciende a 41,18 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 20,59 euros.
3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de
la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá
la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base tercera de esta
convocatoria.
Quinta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
Sexta
1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de
la Orden 1285/1999, de 11 de mayo.
2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría segunda, de conformidad con lo establecido en el
artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de
marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
3. El régimen jurídico aplicable al tribunal calificador será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de
Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo
recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de
Madrid (2021-2024).

BOCM-20240806-2

Tribunal calificador