D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240806-30)
Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y la Fundación Junior Achievement España, para la puesta en marcha, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, del programa educativo “Yo soy mi futuro” para la orientación educativa y el apoyo en la prevención del abandono escolar
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 186

c) Ofrecer material didáctico para los centros basado en un currículum de programas
educativos gratuitos.
d) Proporcionar a los docentes inscritos en el Programa acceso a los materiales educativos a través de la plataforma digital Z-shake, donde podrán visualizar y descargar dichos materiales.
e) Apoyar y asesorar a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid en la implementación de los programas que mejor se adapten a
su disponibilidad y necesidades, así como de prevención del abandono educativo.
f) Promover la creación de una red de voluntarios para la colaboración en el desarrollo de los programas. Las personas que quieran formar parte del programa de voluntarios deberán cumplir lo establecido en la cláusula octava de “Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”.
g) Poner a disposición de la consejería aquellas iniciativas formativas y programas
educativos que se desarrollen durante la vigencia del convenio y que sea de interés para los centros educativos, firmando las correspondientes adendas para ampliar el objeto del presente convenio.
h) Presentar anualmente a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza un informe de todas las actuaciones realizadas en el marco del presente convenio.
Quinta
Financiación. Costes de implementación
La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes. Las partes persiguen un objetivo común
y cada una realizará las aportaciones temporales necesarias para el buen fin del proyecto sin
que entre ellas se establezca contraprestación de ningún tipo. Asimismo, se excluye expresamente la posibilidad de que este convenio sea considerado como un contrato de patrocinio publicitario regulado por el artículo 22 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Sexta
Según lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las funciones de coordinación, seguimiento y valoración
del convenio se llevarán a efecto por la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de Seguimiento del convenio estará formada por cuatro miembros, dos
representando a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, uno de
ellos con rango de Subdirector General, y dos como representantes de la Fundación.
Esta comisión estará presidida por el Director General de Bilingüismo y Calidad de la
Enseñanza o persona en quien delegue, y se reunirá a petición de cualquiera de sus miembros y en cualquier caso un mínimo de una vez al año para el seguimiento del Proyecto.
Los acuerdos y contenido de las reuniones de la Comisión de Seguimiento se consignarán siempre en actas escritas y debidamente firmadas por los miembros, teniendo como referencia la regulación de los órganos colegiados contenida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Corresponden a esta Comisión de Seguimiento las siguientes funciones:
a) Impulso, supervisión y seguimiento de las acciones contempladas en este convenio.
b) Resolver las cuestiones relativas a la interpretación y cumplimiento de los compromisos derivados del presente convenio, así como proponer a las partes firmantes cualquier modificación del mismo.
c) Recoger las demandas de la Fundación relacionadas con las actividades que se organicen al amparo del presente convenio.
d) Realizar un seguimiento de las medidas acordadas por ambas partes.
e) Respetar la confidencialidad de los datos que se traten en las reuniones.
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza establecerá un coordinador como punto de contacto para la Fundación con la consejería y para el seguimiento
ejecutivo del convenio, informando a la Comisión de Seguimiento, cuando se reúna, de las
actuaciones realizadas en el período entre reuniones.

BOCM-20240806-30

Coordinación, seguimiento y valoración