Colmenar Viejo (BOCM-20240805-58)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

Pág. 349

BOCM-20240805-58

— Canal de Isabel II, S. A. Art. 189 Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio
de las Administraciones Públicas. Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora
del abastecimiento y saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
— Subdirección General de Protección Civil. Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación. Viceconsejería, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno:
• Subdirección General de Protección Civil.
— Dirección General de Carreteras, artículo 22 del Reglamento de la Ley 3/1991,
de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Consejería de Transportes e Infraestructuras.
— Consorcio Regional de Transportes Públicos de Madrid. Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.
— Dirección General de Infancia, Familia y Natalidad. Artículo 22 quinquies de la
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor y la Disposición Adicional Décima de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección
a las Familias Numerosas. Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
Sexto.—Remitir a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, acompañada del documento del Plan Parcial y del documento ambiental estratégico.
Séptimo.—Recibidos todos los informes, en cumplimiento del artículo 61.4 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Pleno del Ayuntamiento de los Municipios con población de derecho igual o superior a 15 000 habitantes, será el
órgano competente para la aprobación definitiva del Plan Parcial.
De introducirse modificaciones con la aprobación inicial del Plan Parcial, estas deberán notificarse individualmente a todos los propietarios afectados, así como a los que hubieran intervenido en el procedimiento.
Sometiéndose el expediente al trámite de información pública durante el plazo de un
mes a partir del día siguiente a la presente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 18 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.
(02/12.193/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791