Torrejón de Ardoz (BOCM-20240805-80)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 185

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

TORREJÓN DE ARDOZ
URBANISMO

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada en fecha 18 de julio de 2024, se ha
adoptado acuerdo de aprobación definitiva de la modificación tercera del Plan Parcial del
Sector SUNP.I-1 Los Almendros, para la concreción del uso genérico cementerio y funerario en el uso global dotacional y servicios de las ordenanzas particulares de las redes públicas y zonas lucrativas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del
Suelo de la Comunidad de Madrid, se ha remitido una copia del citado Plan Especial a los
efectos de su depósito en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.
Asimismo, como anexo I se procede a la publicación de las normas urbanísticas modificadas del mencionado Plan Parcial.
Frente a la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el mismo órgano que lo haya dictado en un plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo podrá interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente, en
virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro
recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
ANEXO I

BOCM-20240805-80

9. Características de las ordenanzas particulares modificadas.
La presente modificación del Plan Parcial excluye el uso genérico cementerio y funerario del uso dotacional y servicios de las normas particulares mencionadas, y dicha modificación queda reflejada en el cuadro general de normas particulares.