Torrejón de Ardoz (BOCM-20240805-78)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 379
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución, de 22 de julio de 2024, aprobada por acuerdo de Junta de
Gobierno Local Ordinaria (punto número 4), por la que se procede a la publicación de la
convocatoria con código: 2024/2024/1/640822/000 Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de
subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones
de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la
Unión Europea, NextGeneration-EU, en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario” en el término
municipal de Torrejón de Ardoz (Unidad de Convivencia Vulnerable.)
Primero. Beneficiarios.—Unidades de convivencia vulnerables. A los efectos de esta
convocatoria, se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de forma habitual y permanente y con vocación de estabilidad, con
independencia de la relación existente entre todas ellas. Por ello, se computarán como
miembros de la misma aquellas personas que se encuentren empadronadas en la misma, al
menos un año antes del día del inicio del plazo de presentación de solicitudes, excepto los
menores de edad, que se computarán como miembros en todo caso.
Se considerará que una unidad de convivencia está en situación de vulnerabilidad, a
los efectos de aplicación de los artículos 15.2 y 34.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, cuando la suma de los ingresos de todos sus miembros sea inferior al número de veces el IPREM (14 pagas) que se indica a continuación:
— Unidad de convivencia sin menores o sin personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,0 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con un menor o una persona con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,5 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con dos menores o personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,7 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 3 veces el IPREM.
Las ayudas adicionales por situaciones de vulnerabilidad económica solo se concederán en edificios plurifamiliares y excepcionalmente, en aquellos casos de viviendas unifamiliares que constituyan una comunidad de bienes, de propietarios o similar, y la ejecución
de la obra o el pago de la actuación propuesta no sea viable sino se lleva a cabo de forma
solidaria.
Segundo. Objeto.—Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica
en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, se podrá conceder una ayuda adicional, que se tramitará en expediente aparte, y que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación imputable a dicho
propietario o usufructuario.
Tercero. Bases reguladoras.—Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
( https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/05/853/con ).
Convocatoria de 01/2024 del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de subvenciones
para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial, para vivienda previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea,
BOCM-20240805-78
BDNS: 777139
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
Pág. 379
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78
TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto de la resolución, de 22 de julio de 2024, aprobada por acuerdo de Junta de
Gobierno Local Ordinaria (punto número 4), por la que se procede a la publicación de la
convocatoria con código: 2024/2024/1/640822/000 Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de
subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones
de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la
Unión Europea, NextGeneration-EU, en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario” en el término
municipal de Torrejón de Ardoz (Unidad de Convivencia Vulnerable.)
Primero. Beneficiarios.—Unidades de convivencia vulnerables. A los efectos de esta
convocatoria, se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan y disfrutan de una vivienda de forma habitual y permanente y con vocación de estabilidad, con
independencia de la relación existente entre todas ellas. Por ello, se computarán como
miembros de la misma aquellas personas que se encuentren empadronadas en la misma, al
menos un año antes del día del inicio del plazo de presentación de solicitudes, excepto los
menores de edad, que se computarán como miembros en todo caso.
Se considerará que una unidad de convivencia está en situación de vulnerabilidad, a
los efectos de aplicación de los artículos 15.2 y 34.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, cuando la suma de los ingresos de todos sus miembros sea inferior al número de veces el IPREM (14 pagas) que se indica a continuación:
— Unidad de convivencia sin menores o sin personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,0 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con un menor o una persona con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,5 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con dos menores o personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33%: hasta 2,7 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%: hasta 3 veces el IPREM.
Las ayudas adicionales por situaciones de vulnerabilidad económica solo se concederán en edificios plurifamiliares y excepcionalmente, en aquellos casos de viviendas unifamiliares que constituyan una comunidad de bienes, de propietarios o similar, y la ejecución
de la obra o el pago de la actuación propuesta no sea viable sino se lleva a cabo de forma
solidaria.
Segundo. Objeto.—Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica
en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, se podrá conceder una ayuda adicional, que se tramitará en expediente aparte, y que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación imputable a dicho
propietario o usufructuario.
Tercero. Bases reguladoras.—Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
( https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/10/05/853/con ).
Convocatoria de 01/2024 del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, de subvenciones
para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial, para vivienda previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea,
BOCM-20240805-78
BDNS: 777139